Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 28/2/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén
Neuquén, 28 de Febrero de 2023
BOLETIN OFICIAL - EDICIÓN ESPECIAL
PAGINA 7
futuro los reemplacen-, quien emitirá las normas correspondientes a los fines del ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 6 de la Ley.
Inciso a sin reglamentar.
Inciso b sin reglamentar.
Inciso c sin reglamentar.
Artículo 7º: El gasto presupuestario que demande la presente norma deberá determinarse en el Presupuesto General de la Administración Provincial de cada año.
Reglamentación Artículo 7º: Será responsabilidad de la Autoridad de Aplicación elevar a la Subsecretaría de Hacienda u organismo que la reemplace, los montos necesarios para la implementación de la Ley 3361 a fin de ser incluidos en la Ley de Presupuesto General de la Administración Provincial de cada ejercicio, cumpliendo para ello con las pautas que dicha Subsecretaría implemente cada año para la elaboración del correspondiente Proyecto de Ley.
Artículo 8º: Se faculta al Poder Ejecutivo a disponer las reestructuraciones, modificaciones y/o reasignaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente norma.
Reglamentación
Artículo 8º: Sin Reglamentar.
Artículo 9º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Reglamentación
Artículo 9º: Sin Reglamentar.
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SUMARIO
Edición de 7 Páginas Decretos de la Provincia - Pág. 2 a 7
0412 - Aprueba de la Reglamentación de la Ley N 3361 de creación del Boleto Estudiantil Neuquino Gratuito.
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