Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

DECRETOS DE LA PROVINCIA
DECRETO Nº 0143/19
Neuquén, 31 de enero de 2019.
VISTO:
El Expediente Nº 8434-000061/18 del registro de la Dirección Provincial de Sanidad y Emergencia Agraria dependiente de la Subsecretaría de Producción y la Ley 3117 que crea el Sistema Provincial para la Prevención y Mitigación de Emergencias y/o Desastres Agrarios; y CONSIDERANDO:
Que la norma ha sido sancionada por la Honorable Legislatura de la Provincia del Neuquén, el día 10 de mayo de 2018;
Que en el Capítulo VIII Régimen Transitorio, declara en emergencia y/o desastre agrario provincial por sequía, las explotaciones agropecuarias de los ciclos productivos 2016-2017 y 20172018, hasta el 31 de diciembre de 2018, en todo el ámbito provincial eximiendo y condonando las deudas por el Impuesto Inmobiliario;
Que resulta necesario establecer las facultades que le competen al Ministerio de Producción e Industria y a la Dirección Provincial de Rentas;
Que es menester fijar los requisitos y demás condiciones que deberán observar los contribuyentes a fin de acceder a los beneficios previstos en el presente régimen;
Que por lo tanto se hace necesario reglamentar la Ley 3117, a los fines de poder ponerla en ejercicio;
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado de la correspondiente norma, conforme lo dispuesto en el artículo 214, inciso 3 de la Constitución Provincial;
Que en cumplimiento del Artículo 89º de la Ley 1284, han tomado debida intervención de competencia la Fiscalía de Estado y la Asesoría de Gobierno.
Por ello;

Neuquén, 08 de Febrero de 2019

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DEL NEUQUÉN EN EJERCICIO DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1: APRUÉBASE la reglamentación de la Ley 3117, que como ANEXO ÚNICO forma parte del presente Decreto.
Artículo 2: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Producción e Industria y de Economía e Infraestructura.
Artículo 3: Comuníquese, publíquese, dése intervención al Boletín Oficial y cumplido, Archívese.
FDO. FIGUEROA
LÓPEZ RAGGI
BRUNO
ANEXO ÚNICO
SISTEMA PROVINCIAL PARA LA PREVENCIÓN
Y MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS Y/O
DESASTRES AGRARIOS
CAPÍTULO I
ADHESIÓN
Artículo 1º: Se adhiere a la Ley Nacional 26509 Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Sin reglamentar.
Artículo 2º: El Ministro de Producción e Industria o el funcionario que designe, es el representante de la Provincia ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Reglamentación:
Artículo 2º: El Ministro de Producción e Industria designará, por nota dirigida a la CNEDA un 1
miembro titular y un 1 miembro suplente para representar a la Provincia en las reuniones de la comisión, quienes deberán tener un rango no inferior al de Director o equivalente según lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nacional 26509.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 8/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

CountryArgentina

Date08/02/2019

Page count44

Edition count1310

First edition12/01/2001

Last issue30/04/2024

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