Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/04/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 077 mércores, 3 de abril de 2019

BOP de Lugo
actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 2324 en el BANCO SANTANDER debiendo indicar en el campo concepto, "recurso" seguida del código "31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo manda y firma Doña María de los Ángeles López Carballo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número tres de Lugo; doy fe.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a la EMP. PV MONTAJES, S.C., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de LUGO.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
LUGO, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve.- LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Anuncio DOÑA MARÍA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 3 de LUGO, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES Nº 140/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON LUIS CABRERA CABRERA y DOÑA MARÍA TERESA SOILÁN FERNÁNDEZ contra la EMP.
AGRÍCOLA LÓPEZ MARTÍNEZ, S.L., sobre Reclamación de CANTIDAD, se ha dictado DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
de 13-12-2018 y DECRETO de 29-01-2019, cuyas partes dispositivas son, respectivamente, del tenor literal siguiente:
Constando únicamente una finca inscrita a favor de la parte ejecutada y que se corresponde con la casa con numerosas cargas, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la cantidad de 8.706,98 EUROS
más el interés del 105, en concepto de principal, así como 1.741,40 EUROS presupuestados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, y no habiendo encontrado otros bienes de la propiedad de la empresa ejecutada, de conformidad con el art. 276 de la LJS, ACUERDO dar audiencia a la parte ejecutante y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL para que en el PLAZO MÁXIMO DE QUINCE DÍAS, insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución, advirtiéndoles que de no hacer manifestación alguna se entenderá que muestran su conformidad con el dictado de la insolvencia de la misma.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así lo mando y firmo; doy fe.
Acuerdo:
a Declarar al ejecutado EMP. AGRÍCOLA LÓPEZ MARTÍNEZ, S.L. en situación de INSOLVENCIA, por importe de 8.706,98 EUROS más el interés del 10%, en concepto de principal, que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Anuncio publicado en: Num BOP 77 año 2019 02/04/2019 14:14:52
03/04/2019 08:00:00

R. 0897

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 03/04/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date03/04/2019

Page count9

Edition count3289

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Last issue29/04/2024

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