Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 2/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY N 10.344

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Título Primero Objeto Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto garantizar el goce y ejercicio pleno de todos los derechos y libertades fundamentales, en especial la autonomía de las personas mayores que presentan limitaciones o privaciones de sus capacidades funcionales dependencia; estableciendo los requisitos mínimos de cumplimiento por las instituciones gerontológicas, con el propósito de mejorar su calidad de vida a través de un sistema progresivo de atención integral centrado en la persona.
Título Segundo Definiciones Artículo 2.- A los efectos de la presente ley, se entiende por:
Adulto Mayor o Persona Mayor: Toda persona humana a partir de los sesenta 60 años de edad en adelante.
Esta es la mínima requerida a los fines de su admisión como residente, concurrente o usuario/a de una institución o dispositivo gerontológico.
Autonomía: Capacidad o grado de capacidad de elegir, tomar decisiones y asumir las consecuencias de las mismas.
Personas Mayores Autoválidas: Son aquellos que se valen por sí mismos para realizar las actividades de la vida diaria.
Personas Mayores Semidependientes: Aquellos adultos mayores que necesitan de apoyos o ayuda de terceros para realizar las actividades de la vida diaria.
Personas Mayores Dependientes o en Situación de Fragilidad: Son los adultos mayores que se encuentran con limitaciones en sus capacidades funcionales y en situación de desequilibrio entre componentes biomédicos y psicosociales que los tornan dependientes para varias funciones, incluyendo las actividades de la vida diaria AVD; aumentando la posibilidad de institucionalización en caso de necesitar atención y cuidados permanentes, especializados e integrales.
Personas Mayores que reciben servicio de cuidados a largo plazo: Aquellas con dependencia moderada o severa que no puedan recibir cuidados en su domicilio, que residen temporal o permanentemente en una institución pública, privada o mixta, recibiendo atención socio-sanitaria integral.
Adultos Mayores con Discapacidad: Aquellos con deficiencias físicas, mentales, intelectuales y/o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Actividades Básicas de la Vida Diaria: Constituyen las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: alimentarse, higienizarse y vestirse.
Apoyo para la Autonomía Personal: Es el que requieren los adultos mayores que padecen discapacidad o limitación en su capacidad intelectual a los fines de fomentar
Martes 02 de Marzo de 2021

y hacer efectivo un grado satisfactorio de autonomía poder de decisión.
Cuidados no Profesionales: Es la atención prestada a adultos mayores en situación de dependencia en su domicilio, por personas de su entorno inmediato familia, vecinos, amigos, etc.; no vinculadas a un servicio de atención profesional.
Cuidados Profesionales: Los prestados a personas mayores en situación de dependencia en una institución pública, privada o mixta, como así también los brindados en el domicilio por personas formadas como auxiliares gerontológicos.
Vejez: La Convención lnteramericana de Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores CIPDHPM la define como "la construcción social de la última etapa del curso de la vida.
Envejecimiento: La CIPDHPA lo define como el proceso gradual que se desarrolla durante el curso de la vida y que conlleva cambios biológicos, fisiológicos, psico-sociales y funcionales de variadas consecuencias, las cuales se asocian con interacciones dinámicas y permanentes entre el sujeto y su medio".
Envejecimiento Activo y Saludable: Proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones.
El concepto de envejecimiento activo y saludable se aplica tanto a individuos como a grupos de población CIPDHPM.
Sistema Progresivo de Atención: Se relaciona con el fenómeno del envejecimiento diferencial, para dar respuestas a las variadas demandas y necesidades que presenta la población mayor. La atención gerontológica cuando corresponde, hace referencia a un conjunto de niveles asistenciales y sociales que dan respuestas escalonadas a las diferentes problemáticas de las personas mayores. Dicha atención debe responder a sus necesidades socio-sanitarias, teniendo en cuenta su grado de autonomía y situación particular atención centrada en la persona, sus necesidades, preferencias e intereses y debe ser integral procurar la satisfacción de sus necesidades físicas, materiales, bilógicas, emocionales, sociales, laborales, culturales, recreativas, productivas, espirituales, etc..
Título Tercero Obligaciones del Estado Artículo 3.- Corresponde al Estado Provincial:
a Diseñar y ejecutar programas de capacitación y/o especialización destinados al personal de las instituciones gerontológicas, orientados a la atención gerontológica integral centrada en la persona mayor como sujeto de derechos.
b Brindar asistencia técnica a los municipios, instituciones y entidades intermedias, tendiente a la implementación de políticas integrales en materia de vejez, envejecimiento activo y saludable.
c Establecer disposiciones reglamentarias que procuren asegurar la calidad de las prestaciones, actividades y serv1c1os que brindan las instituciones gerontológicas, el buen trato, la libertad, la privacidad y dignidad de las personas mayores que utilizan sus servicios.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 2/3/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date02/03/2021

Page count32

Edition count2453

First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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