Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

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BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.127

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Incorpórase como Artículo 61 a la Ley N 9.940 -Orgánica Policial-, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 61.- Créase la Dirección General de Capacitación, que tendrá por misión programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, la capacitación en servicios del personal policial y civil de la Institución, sin distinción de jerarquía, asegurando su perfeccionamiento para su respectiva promoción, ascenso y formación continua, tendiendo a especialización y profesionalización de las fuerzas de seguridad.
Artículo 2.- Incorpórase a la Ley N 9.940 en el Capítulo II, Artículo 31, Apartado C, al Inciso f, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 31.f. Dirección General de Capacitación
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133 Período Legislativo, a veintidós días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. Proyecto presentado por el diputado Sergio Daniel Brizuela.
Néstor Gabriel Bosetti - Presidente - Cámara de Diputados - Juan Manuel Ártico - Secretario Legislativo DECRETO Nº 1.423
La Rioja, 10 de diciembre de 2018
Visto: El Expediente Código A1 N 04291-0/18, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.127 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inc. 1
de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.127, sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 22 de noviembre de 2018.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Casas, S.G., Gobernador - Mercado Luna, G., S.G.G.

Martes 19 de Febrero de 2019
DECRETOS

DECRETO Nº 086
La Rioja, 11 de febrero de 2019
Visto: El Artículo 126 inciso 3, el Artículo 87 y 169 de la Constitución Provincial y la Ley Electoral Nº 5.139, con las modificaciones introducidas por las Leyes N 8.141 y 8142; Ley Nº 8.506, concordantes y complementarias; y, Considerando:
Que, teniendo en cuenta que a finales del presente año 2019 finalizan los mandatos vigentes de los cargos electivos corresponde convocar a elecciones provinciales y municipales con la antelación temporal necesaria.
Que, por las normas citadas se autoriza a la Función Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones para la renovación de mandatos tanto de cargos ejecutivos como legislativos, de nivel provincial y municipal, en los casos y épocas que dichas normas determinan, debiendo actuarse garantizando la participación de las minorías como lo ordena el Artículo 87 de la Constitución Provincial y el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 81 de la Carta Magna:
igualdad real de oportunidades.
Que, la Ley Electoral Provincial establece que la convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de 90 días a la fecha del comicio debiéndose expresar la fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, período por el que se elige, número de candidatos por los que puede votar el elector y la indicación del sistema electoral aplicable.
Que, asimismo el Artículo 141 de la Ley Electoral Provincial establece expresamente que la Función Ejecutiva Provincial convocara simultáneamente a elecciones provinciales y municipales.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inciso 3 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE LA
RIOJA
DECRETA:
Artículo 1.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja para que el día 12 de mayo de 2019 proceda a elegir Gobernador y Vicegobernador de la Provincia para el período 2019-2023, tomándose a la misma como distrito electoral único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 127 de la Ley Electoral Provincial N 5.139; Ley N
8.506 y sus respectivas normas concordantes y complementarias.

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 19/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date19/02/2019

Page count12

Edition count2453

First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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