Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/2/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Que respecto a la agente Rosa Rosario Olguín, D.N.I.
N 16.939.377, cabe destacar que la misma ha concluido sus estudios terciarios como Técnica Radióloga, conforme surge de las constancias obrantes en autos, motivo por el cual resulta procedente la asignación del cargo y agrupamiento pertinente.
Que en virtud de ello, y siendo propósito acceder favorablemente a la gestión promovida en autos, se estima conveniente dictar el acto administrativo pertinente en tal sentido.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Modifícase el cargo asignado por Ley de Presupuesto vigente, conforme se indica a continuación:
Jurisdicción N 65 - Unidad Ejecutora: Ministerio de Planeamiento e Industria - SAF 650 - Programa 21- Categoría Programática 21-0-0-1-0.
Agrupamiento Servicios Generales Profesional Administrativo
Denominación Categoría 18
Categoría 23
Categoría 23

Creación -

Supresión 2

1
1

-

Artículo 2.- Asígnanse en la Jurisdicción 65 -Ministerio de Planeamiento e IndustriaServicio 650 - Programa 26 Actividad 1 - Categoría Programática 26-0-0-1-0; el cargo Categoría 23 -Agrupamiento Profesional, Planta Permanente, a la agente señora Rosa Rosario Olguín, D.N.I. N 16.939.377, y el cargo Categoría 23 -Agrupamiento Administrativo, Planta Permanente, al agente Serafín Ernesto Silva D.N.I. N
13.145.517, cesando en consecuencia en su actual situación de revista de planta.
Artículo 3.- Los organismos pertinentes practicarán las registraciones administrativas, contables y presupuestarias correspondientes emergentes de lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Planeamiento e Industria y de Hacienda y por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Casas, S.G., Gobernador - Mercado Luna, G., S.G.G. Quintero, J.A., M.H. - Galleguillo, R.E., M.P. e I.

Martes 12 de Febrero de 2019

Que, por las normas citadas se autoriza a la Función Ejecutiva Provincial a convocar a elecciones para la renovación de mandatos tanto de cargos ejecutivos como legislativos, de nivel provincial y municipal, en los casos y épocas que dichas normas determinan, debiendo actuarse garantizando la participación de las minorías como lo ordena el Artículo 87 de la Constitución Provincial y el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 81 de la Carta Magna:
igualdad real de oportunidades.
Que, la Ley Electoral Provincial establece que la convocatoria debe efectuarse con una antelación mínima de 90
días a la fecha del comicio debiéndose expresar la fecha de elección, clase y número de cargos a cubrir, período por el que se elige, número de candidatos por los que puede votar el elector y la indicación del sistema electoral aplicable.
Que, asimismo el Artículo 141 de la Ley Electoral Provincial establece expresamente que la Función Ejecutiva Provincial convocara simultáneamente a elecciones provinciales y municipales.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inciso 3 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA
DECRETA:
Artículo 1.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja para que el día 12 de mayo de 2019 proceda a elegir Gobernador y Vicegobernador de la Provincia para el período 2019-2023, tomándose a la misma como distrito electoral único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 127 de la Ley Electoral Provincial N
5.139; Ley N 8.506 y sus respectivas normas concordantes y complementarias.
Artículo 2.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja, para que el día referido en el artículo anterior proceda a elegir Diputados Provinciales en el número de titulares y suplentes para cada uno de los Departamentos que a continuación se enumeran:
-Arauco:
-Chamical:
-Chilecito:
-Gral. Belgrano:
-Famatina:
-Gral. Lamadrid -Gral. Ortiz de Ocampo -Gral. San Martín -Independencia -San Blas de Los Sauces -Ángel Vicente Peñaloza
3 Titulares - 2 Suplentes.
3 Titulares - 2 Suplentes.
4 Titulares - 3 Suplentes.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.
1 Titular - 1 Suplente.

DECRETO Nº 086
La Rioja, 11 de febrero de 2019
Visto: El Artículo 126 inciso 3, el Artículo 87 y 169
de la Constitución Provincial y la Ley Electoral Nº 5.139, con las modificaciones introducidas por las Leyes N 8.141 y 8142; Ley Nº 8.506, concordantes y complementarias; y, Considerando:
Que, teniendo en cuenta que a finales del presente año 2019 finalizan los mandatos vigentes de los cargos electivos corresponde convocar a elecciones provinciales y municipales con la antelación temporal necesaria.

En todos los casos citados por este artículo se tomará cada departamento como distrito único; siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 130 y concordantes de la Ley Electoral Provincial N 5.139; Ley 8.506 y sus respectivas normas concordantes y complementarias.
El mandato de los electos será de 4 años y abarcará el período 2019-2023.
Artículo 3.- Convócase al electorado de la Provincia de La Rioja para que el día referido en el Artículo 1 del presente proceda a elegir Intendente y Viceintendente en cada uno de los 18 Departamentos de la Provincia, los que serán tomados como distrito único, siendo de aplicación el sistema electoral previsto por el Artículo 171 de la Constitución

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 12/2/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date12/02/2019

Page count8

Edition count2453

First edition02/01/1998

Last issue22/03/2024

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