Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14/2/2024

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

bre contenidos relacionados con la plaza.
Gestión de proyectos basados en Redmine.
BASE TERCERA. FORMA Y PLAZOS PARA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
1. Para participar en la convocatoria la persona candidata tendrá que darse de alta como demandante de empleo en la oficina del SAE que le corresponda e inscribirse en la ocupación que aparece en la oferta de empleo publicada por el SAE, durante los cinco siguientes días a la publicación de la oferta por parte del SAE.
2. En el momento de la solicitud, la persona candidata hará constar que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de esta convocatoria a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, con los correspondientes documentos acreditativos.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días naturales, comenzando dicho plazo a partir del día siguiente al que el SAE publique dicha oferta. Las personas candidatas que no presenten sus solicitudes en tiempo y forma no serán admitidos/as en el proceso selectivo.
4. El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o méritos alegados implica la exclusión de la persona candidata, reservándose Eprinsa el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho por tales hechos.
BASE CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el SAE
contactará con los 5 primeros candidatos/as que reúnan los requisitos y comprobará que siguen interesados en participar en el proceso de selección, en caso afirmativo remitirá a Eprinsa los nombres y CV de cada uno de ellos.
2. El Tribunal de Selección contactará con las 5 personas candidatas y les indicará una url de acceso a través de la Sede Electrónica de Eprinsa para que rellene un formulario de autobaremación y adjunte su CV en formato europeo en un plazo de 5 días.
Finalizado el plazo les comunicará el lugar, fecha y hora de realización de la entrevista personal.
BASE QUINTA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
1. El Tribunal de Selección estará constituido por las siguientes personas:
El Gerente de Eprinsa o persona en quien delegue.
La Jefa de la Unidad de Administración o persona en quien delegue.
Un/a técnico/a de Eprinsa, designado por la Gerencia.
Una persona del Comité de Empresa de Eprinsa, designada por dicho Comité de Empresa, como observadora, con voz pero sin voto.
Uno de los miembros del Tribunal de Selección actuará como secretario/a.
2. La composición del Tribunal de Selección será siempre a título individual y se publicará junto con las Bases de la Convocatoria a través de la web de Eprinsa.
3. Cuando lo considere conveniente, el Tribunal de Selección podrá recabar la colaboración de asesores/as en la materia de que se trate que intervendrán con voz, pero sin voto.
BASE SEXTA. PROCESO DE SELECCIÓN.
1. La selección se llevará a cabo mediante el sistema de concurso a través de Oferta de Empleo del SAE.
2. Una vez que Eprinsa ya tiene el nombre y CV de los cinco candidatos aportados por el SAE, les indicará por correo electrónico la url a la que deberá de acceder para que rellene formulario de autobaremación de sus méritos en el plazo máximo de 5 días, debiendo adjuntar los documentos justificativos y CV.

Nº 32 p.1290

3. El procedimiento de selección se estructura en dos fases eliminatorias: 1. Valoración de méritos y 2. Entrevistas personales a los candidatos realizadas por el Tribunal de Selección.
La valoración de méritos se realizará mediante autobaremo, siendo el resultado del mismo provisional hasta la finalización del proceso de selección.
4. El Tribunal de Selección procederá a la verificación de la autobaremación presentada por los/as aspirantes en cualquier momento del proceso, pudiendo minorar la puntuación consignada por los/as aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos, por no tener relación directa con el puesto objeto de la convocatoria u otras circunstancias debidamente motivadas, o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, el Tribunal de Selección podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuación total auto asignada por los/as aspirantes. En ningún caso podrá el Tribunal de Selección otorgar una puntuación mayor a la consignada por los/as aspirantes.
5. Los méritos a tener en cuenta serán los adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
6. La ausencia de autobaremación conllevará la puntuación de 0.
7. Celebradas las entrevistas, el Tribunal de Selección publicará la relación definitiva de calificaciones obtenidas en la entrevista personal, y en la baremación de méritos, determinando la persona seleccionada que haya obtenido la mayor puntuación total.
En caso de que Eprinsa compruebe en las entrevistas que no se cumplen con los criterios aportados en el documento de oferta, se solicitará al SAE segunda tanda de personas candidatas a seleccionar por el SAE, volviéndose a iniciar el proceso de selección.
Si el Tribunal de Selección apreciara que los/as aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para el desempeño idóneo del puesto, podrá declarar desierta la plaza objeto de esta convocatoria.
8. Finalizada la selección, si se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo a los siguientes criterios:
a Mayor puntuación obtenida en la fase de autobaremación.
b Si persiste el empate, mayor puntuación obtenida en la fase de entrevista personal.
c Si persiste el empate en la baremación total, se otorgará la plaza a la persona del sexo subrepresentado en Eprinsa.
9. El Tribunal de Selección constituirá una bolsa de trabajo, según establece el art.13.2 del VIII Convenio Colectivo de Eprinsa, con el resto de aspirantes que hayan superado la puntuación mínima que determine el Tribunal, para atender necesidades temporales, indefinidas, así como la contratación de personal para la ejecución de los fondos del Programa de recuperación, transformación y resiliencia Next Generation EU.
La vigencia de la Bolsa será de un máximo de dos años desde su constitución.
10. Si se produjera el cese del/la seleccionado/a durante el periodo de prueba, será sustituido/a por la siguiente persona candidata en la puntuación total obtenida. Igual solución se adoptará, si la persona candidata fuera declarada no apta en el reconocimiento médico o no compareciera al mismo o no lo hiciera para iniciar su relación laboral.
BASE SÉPTIMA. RECONOCIMIENTO MÉDICO.
1. La persona seleccionada deberá someterse al obligatorio reconocimiento médico de aptitud por el Servicio Médico contratado por Eprinsa, perdiendo todos sus derechos si no se presenta
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Miércoles, 14 de Febrero de 2024

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14/2/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date14/02/2024

Page count21

Edition count3541

First edition04/01/2010

Last issue06/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Febrero 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
2526272829