Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 15 de Enero de 2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Ayuntamiento de Almodóvar del Río Núm. 40/2021
Expediente GEX: 6601/2020.
Asunto: Nombramiento Funcionario Interino Auxiliar Administrativo.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 18/12/2020 se dictó resolución del siguiente tenor literal:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDIA
Visto el Informe emitido por la Delegada de personal, Doña Rosa María Espinar Garvey, de fecha 16/12/2020, en el que se pone de manifiesto la necesidad y urgencia de cubrir un puesto vacante mediante el llamamiento de aspirantes de la bolsa de empleo de la categoría de auxiliar administrativo para su nombramiento como funcionario interino, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 16-12-2020, por la que se acuerda proceder al llamamiento de la candidata de la Bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Almodóvar del Río para el puesto de Auxiliar Administrativo, doña Gema María Luna Sánchez con DNI 30.973.714-M, requiriendo para que en un plazo de 3 días acredite las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en el convocatoria.
Visto que en fecha 17-12-2020, consta registro de entrada número 005/RE/E/2020/9100, por el que la interesada aporta la documentación solicitada, entendiendo por tanto que cumple los condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
RESUELVO
Primero. Nombrar como funcionaria interina para cubrir la vacante de auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Almodóvar del Río por jubilación de titular a doña Gema María Luna Sánchez con DNI número 30.973.714-M.
Segundo. Comunicar al interesado que deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se le notifique el nombramiento.
Asimismo, se le informará acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
Tercero. Inscribir el citado nombramiento en el Registro de Personal del Ayuntamiento".
Almodóvar del Río, 11 de enero de 2021. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Sierra Luque Calvillo.

Ayuntamiento de La Carlota Núm. 94/2021
Don Antonio Granados Miranda, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de la Carlota Córdoba, hace saber:
Que no habiéndose formulado alegación alguna contra el expediente número 6-2020 GEX número 1629-2020, tramitado por este Ayuntamiento para la aprobación del Convenio de prestación de servicios entre la Diputación Provincial de Córdoba y el Ayuntamiento de La Carlota, para la gestión integral de los residuos domésticos y municipales, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria de fecha 27 de julio de 2020, y publica-

do en Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 153, de fecha 11 de agosto de 2020, y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de La Carlota edicto número 81/2020, así como en el Portal de Transparencia de esta Corporación Municipal, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado.
A continuación se inserta el texto íntegro del Convenio de prestación de servicios entre la Diputación Provincial de Córdoba y el Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, para la gestión integral de los residuos domésticos y municipales, suscrito con fecha 27 de octubre de 2020:
CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA Y EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE LA CARLOTA PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS DOMÉSTICOS Y MUNICIPALES.
En la ciudad de Córdoba, en el Palacio de La Merced, sede de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, el día 27 de octubre de 2020.
REUNIDOS
DE UNA PARTE: Don Antonio Ruiz Cruz, Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, facultado para la firma del presente convenio en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del día 21 de octubre de 2020.
DE OTRA PARTE: Don Antonio Granados Miranda, Alcalde del Ayuntamiento de La Carlota, facultado para la firma del presente documento por acuerdo del Pleno Municipal, adoptado en sesión del 27 de Julio de 2020.
EXPONEN
PRIMERO. Que los Municipios deben prestar, en todo caso, el servicio de recogida de residuos municipales domésticos y ejercerán, entre otras, competencias sobre su tratamiento cuando se superen, aunque sea con carácter estacional, la cifra de 5.000 habitantes, en virtud de lo establecido en los artículos 26.1 a y b; y 36.1.c de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local tras Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. En este mismo ámbito, y conforme a lo previsto en el artículo 25.2.b de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se identifica como competencia propia del municipio en el ámbito del medio ambiente urbano, las relativas a la gestión de los residuos sólidos urbanos SEGUNDO. Que el artículo 30.3 del RD.Lg. 781/86, de 18 de abril, pone de manifiesto que la Diputación cooperará a la efectividad de los servicios municipales, debiendo alcanzar la cooperación, en todo caso, los relacionados como mínimos en el artículo 26 de la Ley 7/85, de 2 de abril.
En este sentido se indica en el artículo 26.2.a de la Ley 7/85, de 2 de abril, que los municipios con población inferior a 20.000
habitantes, como es el caso, será la Diputación provincial la que coordinará la prestación de los servicios de recogida y tratamiento de residuos. De esta manera, y desde la Diputación de Córdoba, y a través de este Convenio, se está procediendo a la coordinación de las actividades o servicios locales que transciendan al interés propio de las correspondientes entidades, de forma armónica, conjunta y específica y que se viene prestando a los municipios cordobeses por la Corporación Provincial.
TERCERO. Que el artículo 31.1 de la ley 5/2010, de junio, de autonomía local de Andalucía regula en calidad de servicios públicos esenciales para la comunidad, y por tanto, con carácter de prestación obligatoria en todos los municipios de Andalucía, aquellas competencias municipales reguladas en el artículo 92.2.d de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Andalucía, entre las que se
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Nº 9 p.188

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 15/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date15/01/2021

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