Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, en el Plazo de 15 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a la que se acompañará los siguientes documentos:
-Fotocopia del DNI.
-Declaración jurada en la que se haga constar los siguiente extremos:
Que carece de antecedentes penales.
Que no esta procesado o inculpado por delito doloso.
Que está en pleno derecho de sus derechos civiles.
Que es español, mayor de edad y que reside en la localidad.
Que no está impedido física o psíquicamente para la función judicial.
Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni incompatibilidad o prohibición prevista en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En el caso de que no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, con sujeción al cumplimiento de los requisitos indicados.
Pedro Abad, 28 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Magdalena Luque Canalejo.

OTRAS ENTIDADES
Instituto de Cooperación con la Hacienda Local Córdoba Núm. 2.950/2019
Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.
Titular del Órgano: Felisa Cañete Marzo.
En ejercicio de las competencias delegadas mediante Decreto de la Presidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de fecha 11 de julio de 2019, esta Vicepresidencia, ha decretado el 17 de agosto de 2019 la aprobación de los padrones cobratorios del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2019, correspondientes a los municipios de Adamuz, Aguilar de la Frontera, Alcaracejos, Almedinilla, Almodóvar del Río, Añora, Baena, Belalcázar, Belmez, Benameji, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carcabuey, Cardeña, Castro del Río, Conquista, Doña Mencía, Dos Torres, El Carpio, El Guijo, El Viso, Encinas Reales, Espejo, Espiel, Fernán Núñez, Fuente Carreteros, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Fuente Tójar, Guadalcázar, Hinojosa del Duque, Iznájar, La Carlota, La Granjuela, La Guijarrosa, La Rambla, La Victoria, Los Blázquez, Lucena, Luque, Montemayor, Montilla, Montoro, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Obejo, Palenciana, Palma de Río, Pedro Abad, Pedroche, Peñarroya, Posadas, Pozoblanco, Priego, Puente Genil, Rute, San Sebastián de los Ballesteros, Santa Eufemia,
Nº 166 p.3988

Santaella, Torrecampo, Valenzuela, Valsequillo, Villa del Río, Villafranca, Villaharta, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto, Villaviciosa y Zuheros.
La notificación de las liquidaciones contenidas en los padrones se realiza de forma colectiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en el artículo 78 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Estos padrones quedan expuestos al público en cada Ayuntamiento, en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local https sede.haciendalocal.es, y en las distintas oficinas de Atención al Público del Organismo, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ordenanza General de la Diputación de Córdoba.
-Recursos:
Contra estas liquidaciones, se podrá interponer el recurso de reposición del artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública, pudiendo presentarse en la sede central, sita en la calle Reyes Católicos, número 17 de Córdoba o en cualquier otra oficina del Organismo en la provincia.
-Plazo de pago en período voluntario:
Desde el día 30 de agosto hasta el día 30 de octubre de 2019, ambos inclusive.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
-Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la oficina virtual del Organismo accesible en la Sede Electrónica https sede.haciendalocal.es.
El abono personal en ventanilla, podrá realizarse únicamente mediante la presentación del correspondiente abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades colaboradoras de la recaudación provincial: BBVA, Banco Santander, La Caixa, Caja Rural de Baena, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Cañete, Caja Rural de Adamuz, Caja Rural de N. Carteya, Cajasur y Unicaja.
En caso de pérdida o extravío del abonaré podrá obtener un duplicado del mismo en cualquier oficina del Organismo en la provincia o, en su defecto, en el propio Ayuntamiento.
-Servicio de atención telefónica:
957498283
Córdoba, 23 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Vicepresidenta del Organismo, Felisa Cañete Marzo.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Viernes, 30 de Agosto de 2019

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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

CountrySpain

Date30/08/2019

Page count13

Edition count3528

First edition04/01/2010

Last issue26/04/2024

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