Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 25/8/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2388 - 25/08/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Núm. 68

en atención a la situación epidemiológica que se registra y con el propósito de favorecer la economía local
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese. -

Que el artículo 4 del D.N.U. 677/2020 faculta a las autoridades provinciales a dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-COV-2, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo.

Lic. RAUL A. JALIL
Gobernador de Catamarca
Que el Poder Ejecutivo Provincial considerando la situación epidemiológica regional, y la realización de profusas reuniones sociales, estima necesaria restringir el horario para circular en la Provincia.
Que haciendo uso de la facultad mencionada, el Poder Ejecutivo de la Provincia, dispone a partir del día martes 25 de Agosto de 2020, la restricción para circular en todo el territorio de la Provincia en el horario de las 00:30 horas hasta las 07:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario y dispongan de un permiso para realizarlo.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para el dictado del presente instrumento, conforme lo previsto por el Artículo 149 de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dispónese a partir del día martes 25 de Agosto de 2020, la restricción para circular en todo el territorio de la Provincia, en el horario de las 00:30 horas hasta las 07:00 horas, quedando exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en ese horario y dispongan de permiso para realizarlo.
ARTÍCULO 2º.- El incumplimiento de la restricción dispuesta en el artículo 1 deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

Claudia María Palladino Ministra de Salud Hernán Martel Ministro de Seguridad
Dcto. DSyD. Nº 1342 06-08-2020 Desarrollo Social y Deporte Ratifícase la Resol. Minist. DSyD.
Nº 008 de fecha 19DIC19, que aprueba el Convenio de Colaboración celebrado entre este Ministerio y la FundaciónAmparo Soria, con vigencia desde el 10DIC19
hasta el 09MAY20, por $ 599.500,00, que será abonado en 5 períodos mensuales consecutivos por $ 119.900,00, con el fin de brindar alojamiento y pensión completa a niños, niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia de género, trata de personas y/o personas en estado de vulnerabilidad social. La Fundación deberá presentar ante las autoridades competentes, rendición de cuentas con toda la documentación que acredite la utilización del subsidio otorgado correspondiente al período mencionado, de conformidad a lo normado por la Acordada T.C. Nº 602/80 del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Facúltase al Ministerio a celebrar Convenio con la Fundación, con el objeto de garantizar la asistencia a niños, niñas, adolescentes y mujeres en situación de vulnerabilidad social, víctimas de violencia de género y trata de personas o con derechos conculcados; conforme a los términos de la Ley Nacional Nº 26.061, Ley Provincial Nº 5357, Ley Nº 26485 de Protección Integral a las Mujeres y Ley Nº 26364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.
Dcto. IyOC. VP Nº 1343 06-08-2020
Infraestructura y Obras Civiles Acéptase la renuncia presentada por el Sr. Luis Alberto Arévalo, CUIL. 2010820862-8, Clase XII, Agrup. Personal Obrero, Pta.
Pte. de la Administración Gral. de Vialidad Provincial, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del 18SET19. Reconózcanse los servicios prestados y apruébese la Liquidación, en concepto de legítimo abono y la Liquidación Final haberes - aportes

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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 25/8/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

CountryArgentina

Date25/08/2020

Page count40

Edition count1388

First edition01/12/2006

Last issue23/04/2021

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