Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 19/09/2020

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
Pág. 4

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE SEPTIEMBRE DE 2020

B.O.C.M. Núm. 228

pureza de la competición con un desarrollo justo y deportivamente igualitario con independencia del lugar donde se celebre.
Igualmente se modifican varios apartados en los que se recogen medidas en el ámbito de la gestión de residuos en contacto con COVID-19, con el objeto de mejorar su tratamiento, gestión y eliminación dado el importante incremento de residuos relacionados directamente con la gestión de la crisis sanitaria.
La Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, prevé que cuando, si así lo exigen razones sanitarias de urgencia o necesidad, las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población, debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad.
La Ley 14/1986, de 14 de abril, General de Sanidad, en su artículo 24 faculta a adoptar medidas administrativas de carácter preventivo sobre actividades públicas o privadas, que, directa o indirectamente, puedan tener consecuencias negativas para la salud.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública prevé que, con carácter excepcional y cuando así lo requieran motivos de extraordinaria gravedad o urgencia, las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan adoptar cuantas medidas sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley.
El artículo 55.1 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, dispone que la función de Autoridad en Salud Pública incluye la adopción, cuando proceda, de las medidas previstas en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, y especialmente en los supuestos contemplados en sus artículos segundo y tercero, así como la adopción de cualquier otra medida necesaria en función del análisis de los determinantes del proceso salud-enfermedad en la Comunidad de Madrid.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 12 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, en relación con el apartado quinto de la Orden 668/2020, de 19 de junio de 2020, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, DISPONGO
Primero
Se introducen la siguientes modificaciones en la Orden 668/2020, de 19 de junio, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 149, de 20 de junio:
Uno.Se modifica el punto 10 del apartado séptimo, que queda redactado de la siguiente forma:
10. La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se limita a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes.
No estarán incluidas en esta limitación aquellas actividades para las que se establezcan medidas específicas en la presente Orden, de tal manera que el número de participantes o asistentes a las mismas se regirá por las limitaciones de aforo o asistencia dispuestas específicamente para dicha actividad.

BOCM-20200919-1

Modificación de la Orden 668/2020, de 19 de junio de 2020, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 19/09/2020

TitleBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

CountrySpain

Date19/09/2020

Page count84

Edition count4247

First edition12/02/2010

Last issue27/04/2024

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