Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6700 - 05/09/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 340

Que bajo dicho contexto, la inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes comunes del edificio que se administra, importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial para los copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia, en el caso concreto, en la falta de medidas de higiene del edificio administrado;
Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6507 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha fijado el valor de dicha unidad en PESOS
CUARENTA Y CINCO CON 20/100 $45.20;
Que finalmente, hay que tener en consideración que la infractora no es reincidente;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a ochocientas 800 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
TREINTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA $ 36.160.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º.- Sancionar a JORGE DANIEL SEIJO Y CIA S.A., CUIT N 30-56879610-8, RPA N 2410, con multa de PESOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA $
36.160.-, por haber incurrido en infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941.
Artículo 2.- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º.- Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 4748/DGDYPC/23
Buenos Aires, 26 de julio de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico 23178323-GCABA-DGDYPC-2022, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Mariano Martin Garrido, DNI N
26.420.255, contra Tettamanti, Constanza Ximena, CUIT 27-25790019-9, por presunta infracción a la ley ritual;

BO-2023-6700-GCABA-DGCLCON

Página 340 de 693

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date05/09/2023

Page count694

Edition count5611

First edition06/08/1996

Last issue15/05/2024

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