Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6700 - 05/09/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 338

Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial UPFDT

DISPOSICIÓN N.º 6447/DGDYPC/22
Buenos Aires, 5 de octubre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N EX-2022- 20837885-GCABA-DGDYPC, y CONSIDERANDO:
Que se inicia de oficio el presente expediente, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la infracción constatada por la Dirección General de Limpieza del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, en el Consorcio de Propiedad Horizontal sito en Avenida Santa Fe 3968, de esta Ciudad de Buenos Aires;
Que por providencia PV-2022-21073427-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación a Jorge Daniel Seijo y Cía S.A., por presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que debidamente notificada en fecha 09/06/2022 mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida ante el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administración la presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941, cuyo texto reza: Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b. Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente. Conforme texto Art. 4º de la Ley Nº 5.983, BOCBA
N 5415 del 17/07/2018";
Que la precitada imputación se efectuó de oficio, toda vez que no se habría atendido a la conservación de las partes comunes del edificio administrado, en especial, en lo relativo a resguardar la higiene, en incumplimiento de la normativa vigente;
Que ello así, conforme surge del Acta de Intimación N H-3775, en la que se evidencia que la administración fue intimada a dar cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución 454-MEPHUGC-2021, lo cual implicaba -entre otras cuestionesdisponer dentro del edificio de dos 2 recipientes diferenciados y claramente señalizados de residuos húmedos -negrosy secos -verdes-, a fin de garantizar la correcta disposición de cada fracción de Residuos Sólidos Urbanos RSU, lo que no habría realizado acorde se desprende del Acta de Comprobación N 500549;
Que en su descargo, la sumariada manifestó, en lo que aquí resulta relevante, que:
en cuanto a la colocación de dos contenedores uno verde y uno negro, el consorcio cuenta con 2 tachos verdes en la planta baja ademas de los negros y colocar por palier uno negro y uno verde, es algo que ediliciamente no puede hacerse ya que en cada palier existe un habitaculo donde no entran dos tachos y los palieres son muy pequeños 1,15 x 5 donde hay dos unidades, las puertas del ascensor y las BO-2023-6700-GCABA-DGCLCON

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date05/09/2023

Page count694

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First edition06/08/1996

Last issue15/05/2024

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