Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/6/2023

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6644 - 21/06/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 486

Que, dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se contempla la de emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias;
Que mediante la Resolución N 205-GCABA-SECACGC/20 se aprobó el Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de áreas gastronómicas, el cual establece que los permisos para el emplazamiento de áreas gastronómicas serán otorgados por un plazo de 5 años;
Que, en todos los casos, los permisos de uso en el espacio público se otorgan con carácter precario, personal e intransferible;
Que, asimismo, éstos constituyen una tolerancia que la Administración Pública concede en ejercicio de sus poderes de policía del dominio público, llevando implícita la condición de ser en todo momento compatible con el interés público y, por consiguiente, pasible de ser otorgado o revocado en razón de oportunidad, mérito o conveniencia, sin que ello genere derecho a indemnización alguna, conf. lo dispuesto por el Capítulo 11.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones Texto Consolidado por Ley Nº 6.017;
Que, por el expediente citado en el visto, la Sra. Anabella Susana Farinon, DNI
24.922.837 en representación de la firma SOHO PLATEADO SRL, CUIT N3071626928-7 , solicita se otorgue el permiso particular de uso del espacio público, para la instalación de una plataforma de esparcimiento sobre la acera de calle Honduras del local comercial ubicado en la calle Honduras 4730 de esta Ciudad;
Que se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones generales impuestas por el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y específicamente a lo dispuesto en el Capítulo 11.8 del mismo;
Que tal como surge del expediente, el local mencionado se encuentra habilitado como Café bar, de acuerdo a lo previsto y exigido en el artículo 11.8.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el permiso de uso del espacio público de plataformas de esparcimiento tendrá una vigencia máxima de cinco 5 años;
Que el permisionario deberá dar estricto cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad exigidos para la instalación de las plataformas de esparcimiento conforme se indica en el artículo 11 del Anexo I de la Resolución Conjunta Nº2-MAYEPGC2018;
Que el permisionario está obligado a mantener las plataformas de esparcimiento en buen estado para su correcto uso, debiendo realizar las tareas de mantenimiento, reparación y limpieza necesarias, como así también la vegetación que en ella se coloque;
Que se prohíbe la colocación de publicidad sobre el diseño de las plataformas de esparcimiento como así también toda modificación o agregado al autorizado;
Que el permiso de uso en cuestión caducará frente al incumplimiento de cualquiera de los requisitos y/o condiciones establecidas en la normativa vigente, quedando el mismo condicionado al acatamiento estricto de aquella;
Que mediante la Disposición 3500-DGOEP/16 en su artículo 2, se establecen los requisitos para solicitar permisos de uso en el espacio público, entre ellos los relativos al emplazamiento de un área gastronómica ANEXO II pto. D;
Que el área gastronómica deberá estar suficientemente iluminada y se deberá mantener en perfecto estado de aseo e higiene, debiendo colocarse recipientes para la disposición diferenciada de residuos;
Que queda expresamente prohibida la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso, en relación a los establecimientos contemplados en la Resolución Nº816-MAYEPGC/19;

BO-2023-6644-GCABA-DGCLCON

Página 486 de 682

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/6/2023

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

CountryArgentina

Date21/06/2023

Page count683

Edition count5608

First edition06/08/1996

Last issue10/05/2024

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