Boletín Oficial de Castilla y León del 26/11/2022

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Source: Boletín Oficial de Castilla y León

Boletín Oficial de Castilla y León Extraordinario Núm. 2

Sábado, 26 de noviembre de 2022

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
D. OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE SANIDAD
ORDEN SAN/1646/2022, de 25 de noviembre, por la que se garantiza la prestación de servicios mínimos del sector de telemarketing en el ámbito de la Gerencia de Emergencias Sanitarias Competencia de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.
Con fecha 17 de noviembre, tras el acuerdo adoptado en sesión Plenaria por el Sector Federal de Telemaketing de CGT el día 4 de noviembre, se ha comunicado la convocatoria de huelga que afectará a la empresa SERVEO SERVICIOS S.A.U, del sector de telemarketing y que cuenta con un total de 60 trabajadores.
La huelga se iniciará el día 28 de noviembre de 2022 y su duración será de 24
horas. La convocatoria de huelga comenzará en el último turno anterior a las 00:00 horas de dicho día en el que se realiza la convocatoria de huelga abarcando, igualmente, el último turno que se inicie el meritado día, y que termina cuando finalice ese turno, al día siguiente.
La huelga afectará a toda la plantilla de la mencionada empresa que presta sus servicios en el Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias de Castilla y León en adelante CCU.
El derecho a la huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución no es un derecho absoluto, sino que debe ejercitarse conforme a las previsiones legales, entre otras las establecidas en el artículo 11 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo y su ejercicio debe ser conjugado con la garantía de que se atienda a los intereses generales y se mantengan los servicios públicos de reconocida e inaplazable necesidad, evitando toda situación de desamparo.
Ante el anuncio de una situación de huelga es imprescindible adoptar las medidas necesarias para asegurar el mantenimiento de los servicios públicos esenciales, de manera que, sin perjuicio de observar la regulación del derecho de huelga contenida en el Ordenamiento Jurídico, se atienda al interés general. En concreto, y ante la trascendencia de garantizar la protección de la salud, regulado en el artículo 43 de la Constitución, deben establecerse, para mantener la atención de las emergencias sanitarias y del traslado perentorio de enfermos, unos servicios que permitan proporcionar la asistencia sanitaria adecuada a los ciudadanos que así lo precisen en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
El artículo 28.2 de la Constitución establece la posibilidad de acordar medidas cuya finalidad sea garantizar el funcionamiento de los citados servicios esenciales de la comunidad, finalidad igualmente perseguida por el párrafo segundo del artículo 10 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo, así como por el artículo 40 de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de medidas económicas, fiscales y administrativas.

CV: BOCYL-D-26112022-1

Pág. 2

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Boletín Oficial de Castilla y León del 26/11/2022

TitleBoletín Oficial de Castilla y León

CountryMexico

Date26/11/2022

Page count6

Edition count3032

First edition02/05/1979

Last issue08/05/2024

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