Boletín Oficial de Castilla y León del 2/8/2020

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Source: Boletín Oficial de Castilla y León

Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 155 - Extraordinario
Domingo, 2 de agosto de 2020

Pág. 29758

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
A. DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE SANIDAD
ORDEN SAN/738/2020, de 31 de julio, por la que se adoptan medidas sanitarias preventivas para la contención del COVID-19 en los municipios de Íscar y Pedrajas de San Esteban.
De acuerdo con lo previsto en el artículo primero de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, las distintas Administraciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, pueden aportar las medidas previstas en la citada Ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad.
La Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública ya establece que las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad y que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.
Asimismo, el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, dispone que en caso de que exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, las autoridades sanitarias adoptarán las medidas preventivas que estimen pertinentes, tales como la incautación o inmovilización de productos, suspensión del ejercicio de actividades, cierres de Empresas o sus instalaciones, intervención de medios materiales y personales y cuantas otras se consideren sanitariamente.
La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación de Sistema de Salud de Castilla y León, atribuye la condición de autoridad sanitaria, entre otras, a la persona titular de la Consejería de Sanidad, siendo por tanto, competente para la adopción, seguimiento y control de las medidas preventivas señaladas y recogidas también en la Ley 10/2010, de27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.
Por otra parte, mediante Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León el 20 de junio de 2020, se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, en la Comunidad de Castilla y León, medidas que han sido actualizadas, en atención a la situación epidemiológica de cada momento, mediante sendos Acuerdos33/2020, de 9 de julio, y 35/2020, de 16 de julio, ambos de la Junta de Castilla y León.

CV: BOCYL-D-02082020-1

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Boletín Oficial de Castilla y León del 2/8/2020

TitleBoletín Oficial de Castilla y León

CountryMexico

Date02/08/2020

Page count7

Edition count3026

First edition02/05/1979

Last issue02/05/2024

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