Boletín Oficial de Cantabria del 25/6/2021 - Extraordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario
VIERNES, 25 DE JUNIO DE 2021 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 51
1.DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE SANIDAD
CVE-2021-6005
Resolución por la que se aprueba la décima modificación de la Resolución de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Con fecha de 11 de mayo de 2021 se dictó la Resolución por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19
en la Comunidad Autónoma de Cantabria Boletín Oficial de Cantabria extraordinario de nº 34, de 11 de mayo de 2021. La propia exposición de motivos de la Resolución advertía que la misma nacía "con una filosofía de prudencia y con vocación de actualizarse en función de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en la Comunidad Autónoma de Cantabria".
A través de la presente modificación se adoptan dos tipos de medidas. De una parte, se establece la obligación de registro de clientes de establecimientos de restauración en los que se sirvan comidas y cenas y establecimientos de ocio y diversión que accedan a las zonas interiores, en los mismos términos que ya se exigían a otros establecimientos tales como hoteles y alojamientos turísticos, peluquerías, centros de belleza, gabinetes de estética, salones de manicura, pedicura y depilación, saunas y gimnasios. La ampliación de este registro descansa en la necesidad de mejorar los mecanismos de trazabilidad de casos ante determinados brotes en establecimientos cerrados donde existe una mayor duración en la permanencia de los clientes. Por otro lado, la reciente aparición de nuevos brotes vinculados al ocio nocturno, contribuyendo al incremento la tasa de incidencia, aconseja seguir en la actual situación epidemiológica la recomendación contenida en la Orden comunicada de la Ministra de Sanidad, de 9 de junio de 2021, mediante la que se modifica la Orden de 4 de junio de 2021, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente a la Covid-19, en virtud de la cual el horario de cierre de los establecimientos de ocio nocturno "será como máximo a las 02:00 horas, pudiendo ampliarse en función de la evolución de los datos epidemiológicos en el territorio". En el caso de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la situación epidemiológica global permitiría aplicar dicha ampliación, por lo que, en tanto se mantengan las circunstancias actuales, el horario máximo se fija en las 03:00 horas. Todo ello persigue adicionalmente evitar por otra parte el efecto llamada en municipios de comunidades limítrofes en los que existe una limitación horaria por razones de salud pública.
A los efectos de facilitar la comprensión de las previsiones se ha optado por reproducir por completo los apartados afectados por las reformas descritas, manteniéndose inalterados los demás extremos.
Consta en el expediente informe de la Dirección General de Salud Pública de 25 de junio de 2021 que justifica las medidas adoptadas.
RESUELVO
Primero. Modificación de la Resolución del consejero de Sanidad de 11 de mayo de 2021, por la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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boc.cantabria.es
CVE-2021-6005
En su virtud, concurriendo razones sanitarias de urgencia y necesidad, al amparo del artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, del artículo 54.1 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública y de conformidad con el artículo 59.a de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública,
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