Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/09/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

365.-

ANUNCIO

DECRETO del Consejero de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, D. Yamal Dris Mojtar, por el que se aprueba informe ambiental Reprogramación fondos Feder 2014-2020.
PRIMERO. Mediante resolución de la Consejera de Fomento y Medio Ambiente de fecha 20.1.2020 2020/432 se incoa expediente de procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de reprogramación o modificación del Programa Operativo Ciudad de Ceuta FEDER 2014-2020 consistente en modificación del eje 7 con la introducción de una nueva prioridad de inversión 7c el desarrollo y la mejora de sistemas de transporte respetuosos con el medio ambiente incluida la reducción del ruido y de bajo nivel de emisión de carbono, entre los que se incluyen las vías navegables interiores y el transporte marítimo, los puertos, los enlaces multimodales y las infraestructuras aeroportuarias, con el fin de fomentar una movilidad regional y local sostenible, un nuevo objeto específico OE 7.3.1 Desarrollo de sistemas de transporte respetuosos con el medio ambiente y con bajas emisiones de carbono, incluido el transporte fluvial y marítimo, así como los vínculos multimodales, abriéndose un período de cuarenta y cinco 45 días hábiles, de consulta a Administraciones, personas e instituciones que se pudieran ver afectadas por la instalación que nos ocupa.

SEGUNDO. Los servicios técnicos de esta Consejería con fecha 27.7.2020 emiten informe en el que concluyen que cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden del presente Informe Ambiental Estratégico, no se prevé que la REPROGRAMACIÓN del Programa Operativo FEDER Ceuta 2014-2020, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria prevista en el Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental.
Considerando que el procedimiento de evaluación de ambiental estratégica se regula en los artículos 29 a 32 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental BOE n. 296, de 11.12./2013; en lo sucesivo LEA.
Atendido que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, quienes deberán pronunciarse en el plazo máximo de cuarenta y cinco días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe artículo 30 LEA.
Considerando que el órgano ambiental, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo V, resolverá mediante la emisión del informe ambiental estratégico que podrá determinar: a El plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente; b El plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico en este supuesto el citado informe ambiental estratégico perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente, no se hubiera procedido a la aprobación del plan o programa en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación.
En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada del plan o programa artículo 31 LEA.
Atendido que el informe ambiental estratégico, una vez formulado, se remitirá por el órgano ambiental para su publicación en el plazo de quince días hábiles al Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del órgano ambiental artículo 31.3 LEA.
De conformidad con lo anterior el Consejero de Medio Ambiente y Servicios Urbanos ostenta competencias en esta materia en virtud de atribución de funciones y de Estructura de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta realizadas por Decretos del Presidente de fecha 2.3.2020 BOCCE Extraordinario n. 19, de 3.3.2020, HA RESUELTO:
PRIMERO. Se formula Informe Ambiental Estratégica que figura en Anexo, determinándose que la reprogramación o modificación del Programa Operativo Ciudad de Ceuta FEDER 2014-2020 consistente en modificación del eje 7 con la introducción de una nueva prioridad de inversión 7c el desarrollo y la mejora de sistemas de transporte respetuosos con el medio ambiente incluida la reducción del ruido y de bajo nivel de emisión de carbono, entre los que se incluyen las vías navegables interiores y el transporte marítimo, los puertos, los enlaces multimodales y las infraestructuras aeroportuarias, con el fin de fomentar una movilidad regional y local sostenible, un nuevo objeto específico OE 7.3.1 Desarrollo de sistemas de transporte respetuosos con el medio ambiente y con bajas emisiones de carbono, incluido el transporte fluvial y marítimo, así como los vínculos multimodales que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, no siendo por tanto necesario someter dicha modificación al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.
SEGUNDO. Comunicar al órgano sustantivo lo siguiente:
a. En el plazo de quince días hábiles desde la aprobación del plan o programa remitirá para su publicación en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente la siguiente documentación:
1.
La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa aprobado, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.
2.

Una referencia al Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente en el que se ha publicado el informe ambiental estratégico.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 22/09/2020

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

CountrySpain

Date22/09/2020

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First edition19/11/1926

Last issue26/04/2024

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