Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 7/3/2022 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

Para el personal positivo que trabaja en centros sociosanitarios, tras el aislamiento se realizará un test de antígeno el día 7 del mismo, antes de su reincorporación a su puesto de trabajo. Si es negativo, se podrá incorporar a su puesto de trabajo; de lo contrario, repetirá el test a las 24-48 horas.
Tras el periodo de aislamiento de 7 días y hasta los 10 días posteriores al inicio de síntomas o a la fecha de diagnóstico en los casos asintomáticos, las personas positivas deben extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla.
Se realizará una sectorización en unidades de convivencia estables que faciliten el desarrollo de las prestaciones residenciales y la trazabilidad de posibles casos. Se protegerá de forma especial a los residentes no vacunados, si es posible situándolos en habitaciones individuales.

Se considerará brote la detección de un solo caso en residentes o tres casos en trabajadores, a efectos de intervención. Se considera brote activo aquel que haya tenido casos en los últimos 10 días.
DMEDIDAS GENERALES.
1. Los centros residenciales mantendrán actualizados sus Planes de Contingencia COVID-19, orientados a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores y sus contactos. Dicho Plan estará a disposición, en su caso, de la autoridad sanitaria correspondiente.
2.- Deberá mantenerse una Ventilación adecuada de todas las estancias en las que exista permanencia de residentes y/o trabajadores/as. Preferiblemente se utilizará ventilación natural, manteniendo las ventanas abiertas el mayor tiempo posible, siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan. Si no es posible contar con ventilación natural o la misma no es suficiente, puede utilizarse ventilación forzada mecánica mediante sistemas de renovación de aire. Los equipos de ventilación forzada deben estar bien instalados y garantizarse un adecuado mantenimiento. Si no fuera posible conseguir la ventilación adecuada mediante ventilación natural o mecánica, se podrían utilizar filtros o purificadores de aire dotados con filtros HEPA.
3. Deberán cumplirse exhaustivamente, por todo el personal de las residencias las medidas preventivas frente a Covid19 establecidas desde la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación para centros residenciales, especialmente el uso obligatorio de mascarilla y no acudir con síntomas al lugar de trabajo, así como otras medidas preventivas indicadas por dicha Consejería.
III.- De conformidad con lo establecido en el DT Adaptación de las medidas en residencias de mayores y otros centros de servicios sociales de carácter residencial en un contexto de alta transmisión comunitaria, de 28 de enero de 2022, aprobado por la Comisión de Salud Pública, todas las actuaciones que se incluyen en los apartados anteriores y cualquier otra medida dirigida al control de la transmisión en los centros residenciales podrán ser adaptadas por los responsables de Salud Pública, en coordinación con los responsables de servicios sociales, en base a la situación epidemiológica y a una valoración del riesgo específica basada tanto en los indicadores epidemiológicos como en las condiciones de los centros evaluados.
VIGESIMOCUARTOVigencia de otras medidas sanitarias.
En cuanto no se oponga al presente decreto queda en vigor el decreto del Consejero de Sanidad Consumo y Gobernación de 14 de agosto de 2020 BOCCE extraordinario 64/2020, por el que se prohíbe el consumo de bebidas individual, colectivo o en grupo en la vía pública calle, espacios públicos ajenos a establecimientos de hostelería, así como en lugares similares, llamados vulgarmente "botellones", por ser considerados como situaciones de insalubridad y con un alto riesgo de contagio de COVID-19.
VIGESIMOQUINTO.-Dese traslado a la Asesoría Jurídica de la Ciudad de Ceuta, a los efectos que procedan.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada.
ALBERTO RAMÓN GAITÁN RODRÍGUEZ
CONSEJERO DE SANIDAD, CONSUMO
Y GOBERNACIÓN

FECHA 06/03/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

761

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 7/3/2022 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date07/03/2022

Page count17

Edition count490

First edition31/03/2004

Last issue15/05/2024

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