Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/5/2019 - Extraordinario

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

AUTORIDADES Y PERSONAL
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
PLAZAS PROCESOS ESTABILIDAD/ CONSOLIDACIÓN O.E.P. COMPLEMENTARIA/17

110.-

22 de mayo de 2019

El Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D. Alberto Gaitán Rodríguez, por Decreto de la Presidencia de 12-02-2019 y en virtud de las competencias atribuidas por la Presidencia de la Ciudad realizada por Decreto de fecha 20 de septiembre de 2017 B.O.C.CE 5717, de fecha 29/09/17, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía ha resuelto dictar con esta fecha el siguiente:
DECRETO
ANTECEDENTES DE HECHO.En la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Ceuta celebrada el 22 de mayo de 2019 se ha informado a las organizaciones sindicales de las bases de la convocatoria para la provisión de once plazas de ATS/
DUE de la Ciudad de Ceuta, Grupo A, subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público Complementaria de la Ciudad de Ceuta para el año 2017.
Por tanto, se hace preciso proceder a la aprobación y publicación de las mismas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS.El art. 11 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece lo siguiente:
1. Es personal laboral el que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.
2. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto establecerán los criterios para la determinación de los puestos de trabajo que pueden ser desempeñados por personal laboral, respetando en todo caso lo establecido en el artículo 9.2.
El artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, dispone que el ingreso en la Función Pública Local se realizará, con carácter general, a través del sistema oposición, salvo que, por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desempeñar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición o concurso.

El artículo 4 del Real Decreto anterior establece que las bases deberán contener al menos: la naturaleza y características de las plazas convocadas, con determinación expresa de la Escala, subescala y clase a que pertenezcan, con indicación del grupo de titulación que corresponda a cada una de ellas, así como, en su caso, las que correspondan a promoción interna; el sistema selectivo elegido: oposición, concurso-oposición o concurso; las pruebas de aptitud o de conocimientos a superar, con determinación de su número y naturaleza. En todo caso, uno de los ejercicios deberá tener carácter práctico, las de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y en la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes, y en los procesos selectivos podrán establecerse la superación de un periodo de prácticas o de un curso de formación; los programas que han de regir las pruebas, y, en su caso, la determinación de las características generales del periodo de práctica o curso de formación; los tribunales, que contaran con un Presidente, un Secretario y los Vocales que determine la convocatoria, siendo su composición predominantemente técnica y debiendo los Vocales poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas; el número de miembros de dichos Tribunales que ningún caso será inferior a cinco; los sistemas de calificación de los ejercicios; las condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes, y los requisitos que deben de reunir o cumplir los aspirantes a plazas reservadas para personas con minusvalía así como la garantía de que las pruebas se realicen en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.
La competencia en esta materia la ostenta el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, D. Alberto Gaitán Rodríguez, en virtud del Decreto de Presidencia de 20 de septiembre de 2017, por la que le atribuyen las competencias en materia de Función Pública, Régimen Jurídico y Retributivo del personal.
PARTE DISPOSITIVA.1. Se aprueba la convocatoria para la provisión de once plazas de ATS/DUE de la Ciudad de Ceuta, Grupo A, subgrupo A2, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público Complementaria de la Ciudad de Ceuta para el año 2017, que se regirá de acuerdo con las Bases adjuntas a esta resolución Estado.

2. Publíquese la convocatoria y las Bases anteriores en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y en Boletín Oficial del
Doy fe, LA SECRETARIA GENERAL

EL CONSEJERO,
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 23/5/2019 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date23/05/2019

Page count56

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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