Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/7/2017 - Extraordinario

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viembre General de Subvenciones, el importe global de las subvenciones convocadas se prorrateará entre los posibles beneficiarios sin suscitar concurrencia y de acuerdo con lo establecido en las presentes bases otorgándose las ayudas siempre que las personas beneficiarias reúnan los requisitos establecidos.
Tercero.- Financiación.
1. La cuantía destinada inicialmente para esta ayuda para el periodo 2017 es de 100.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 449.01.432.0.011Transferencia Convenio Trasporte, sin perjuicio de las posibles ampliaciones de cuantía que, con carácter excepcional, se puedan producir a petición motivada del órgano gestor de estas ayudas y siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
2. La sociedad pública Servicios Turísticos de Ceuta, S.U.L. tendrá, a los efectos de la presente resolución, la consideración de órgano gestor, y por consiguiente será la competente para la ordenación e instrucción del procedimiento.
3. El importe de los créditos disponibles para atender las subvenciones relativas al programa de ayudas se realizará con cargo al Estado de Gastos e Ingresos de Servicios Turísticos de Ceuta.
Con carácter previo a la realización del pago la Tesorería General de la Ciudad Autónoma de Ceuta realizará transferencia bancaria a favor de Servicios Turísticos de Ceuta.
4. El pago de las ayudas concedidas a los beneficiarios se realizará por Servicios Turísticos de Ceuta mediante transferencia bancaria, ingresando el importe de la ayuda concedida en la cuenta bancaria designada por el solicitante y a su nombre.

Cuarto.- Solicitud, plazo y lugar de presentación.
1. La solicitud se ajustará al modelo que como Anexo I se acompaña a la presente, y podrá solicitarse en las dependencias de Servicios Turísticos de Ceuta, S.U.L., además de estar disponible en la página web www.ceuta.si.
2. Cada solicitud deberá ir acompañada de la documentación solicitada para cada uno de los colectivos objeto de esta subvención.
3. El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta el extracto de la convocatoria, previsto en el artículo 20.8 a de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre General de Subvenciones y finalizará el 31 de diciembre de 2017.
4. La presentación de la solicitud para optar a esta ayuda supone la aceptación de las condiciones impuestas por las bases reguladoras de la ayuda y por esta convocatoria, así como las medidas que se adopten en aplicación de las mismas.
Quinto.- Procedimiento.
El procedimiento que rige esta convocatoria es el recogido en la base reguladora séptima, siendo el órgano competente para la instrucción los trabajadores de Servicios Turísticos de Ceuta, S.U.L. y para la resolución el Consejero de Turismo y Deportes de la Cuidad Autónoma de Ceuta.
Sexto.- Plazo de resolución y medios de publicación.
La resolución de la presente convocatoria no excederá de tres meses como máximo, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Séptimo.- Recurso.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución; o directamente Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación; significando que en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución de aquel o la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
DOY FE
LA SECRETARIA GENERAL

EL CONSEJERO DE TURISMO Y DEPORTES
P.D.F. Decreto de Presidencia, 26/11/12

MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ

EMILIO CARREIRA RUIZ

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/7/2017 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date17/07/2017

Page count5

Edition count486

First edition31/03/2004

Last issue29/04/2024

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