Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/6/2017 - Extraordinario

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

3. La Comisión de Evaluación será atendida con los medios personales, técnicos e informáticos de Servicios Turísticos.
4. A la vista de los informes de evaluación sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases para ser beneficiario de las ayudas, el Consejero de Juventud, Deporte, Turismo y Fiestas dictara resolución estimando o denegando la inscripción en el censo. Si en el plazo de un mes no se produce resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud de inscripción. Contra la denegación de la solicitud de inscripción en el censo, sea expresa o por silencio, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, contra la misma, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición en la forma dispuesta en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concordancia con el artículo 63.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o recurso contencioso-administrativo.
VIII. Obligaciones de los beneficiarios 1. Presentar la documentación exigida en la base V.
2. Proceder al reintegro de los fondos en los casos en que proceda, en aplicación de la normativa vigente. A estos efectos, por lo que hace referencia a la facultad de la administración para llevar a cabo los controles que estime pertinentes en cuanto a comprobar el cumplimiento de los requisitos que habilitan la concesión de las ayudas, se estará a lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
IX. Procedimiento de inspección y control La Consejería de Juventud, Deporte, Turismo y Fiestas, a través de Servicios Turísticos, realizará las actuaciones de seguimiento y control de las ayudas concedidas al amparo de estas bases, sin perjuicio de las que corresponda realizar a la Intervención de la ciudad por aplicación de la normativa general vigente en materia de subvenciones.
X. Régimen jurídico Las presentes bases se fundamentan en:
1. Lo dispuesto en los artículos 4.3, 5.2 letra g y 21.1.16 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, así como lo establecido en el Real decreto 2499/1996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de turismo.
2. Lo establecido en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones texto consolidado última modificación 20 de mayo de 2016 y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, teniendo en cuenta, en particular, lo establecido en el artículo 22.2. c de la citada ley en cuanto a la concesión directa de las ayudas a los beneficiarios, habida cuenta la dificultad de llevar a cabo una convocatoria pública para la selección de éstos.
3. Además será de aplicación en lo que proceda la Ley 7/1985 de 17 de Abril, Reguladora de las Bases de régimen local, así como lo establecido en el Reglamento de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta, aprobado por Resolución de 14 de Enero de 2005, BOCCE núm. 4392, de 18 de enero.

XI. Compatibilidad Las ayudas reguladas en estas Bases, serán incompatibles con otras de carácter público que tengan la misma finalidad.
XII. Entrada en vigor Las presentes Bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.

o

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Plaza de África s/n - 51001 - CEUTA
Depósito Legal: CE. 1 - 1958
Diseño y Maquetación - Centro Proceso de Datos Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

166

About this edition

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 9/6/2017 - Extraordinario

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

CountrySpain

Date09/06/2017

Page count5

Edition count487

First edition31/03/2004

Last issue06/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Junio 2017>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930