Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/3/2021 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 12 de marzo de 2021

Página 148

a Para los daños a elementos vegetales se calculará el coste de reposición con un elemento de dimensiones adecuadas más los gastos de cultivo hasta llegar a la edad en que se produjo el daño. En el caso del arbolado se aplicará el método de valoración de arbolado ornamental, Norma Granada.
b Para los daños en otros elementos se calculará el coste de suministro e instalación del mismo elemento o su componente en caso de daños parciales.
4. En los casos en que el administrado no acredite, en un momento anterior al dictamen de la propuesta de resolución, que ha instado la legalización de la acción, así como en los casos en que la actuación no resulte legalizable, se exigirá, además, la reposición de los elementos vegetales dañados, en la cuantía y especies que determine el Servicio de Parques y Jardines, con constitución de garantía suficiente que cubra el coste del suministro, plantación, en tutorado y primer riego. Dicha garantía será devuelta cuando el Servicio de Parques y Jardines informe que se ha procedido, de forma correcta, a la reposición de la masa vegetal perdida.
La reposición deberá efectuarse en un plazo máximo de dos meses desde la notificación de la resolución sancionadora, debiendo el administrado poner en conocimiento del Servicio de Parques y Jardines la ejecución de tales trabajos para su comprobación y control. Si, habiendo finalizado el citado plazo, no se hubiese dado debido cumplimiento a la orden de reposición, se actuará en la forma establecida en el artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente modificación será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 70.2
de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia competente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Marbella, 12 de febrero de 2021.
La Alcaldesa, firmado: María de los Ángeles Muñoz Uriol.
1743/2021
D

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Número 48

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 12/3/2021 (Suplemento 1)

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

CountrySpain

Date12/03/2021

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First edition20/02/2001

Last issue12/05/2024

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