Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/7/2019

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Source: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 121

Edictos
contenido del escrito signado por el Agente del Ministerio Público, Licenciado Domingo Correa Jiménez, se tiene al mismo solicitando sea revocado el beneficio penal de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena que les fue concedido al sentenciado Alejandro Vega Pérez, por las razones que señala en su escrito de cuenta, solicitando se señale fecha y hora para celebrar la audiencia de revisión del beneficio precitado. Atento a lo anterior, por principio de cuentas, debe señalarse que la Ley Nacional de Ejecución Penal establece en su artículo 116, las hipótesis normativas que dan vida jurídica a las controversias que deben conocer los jueces de ejecución penal, entre ellas la referente a la duración, modificación y extinción de la pena y de sus efectos, como regla general, lo que relacionado con el numeral 118 que nos establece en específico las controversias sobre la duración, modificación y extinción de la pena y que en su fracción IV incumplimiento de las condiciones impuestas para la sustitución de la pena parecería que en particular debería llevarse a controversia el incumplimiento del sentenciado al beneficio concedido;
sin embargo para el caso en concreto, no pueden aplicarse las reglas procesales establecidas en tales numerales para que emane una controversia en términos de la legislación señalada, pues hasta este momento nos referimos al incumplimiento derivado de la concesión de un sustitutivo penal y no así de una sustitución de la pena enmarcada en el numeral 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, y en el supuesto que nos encontramos es el incumplimiento al beneficio otorgado, establecido en el artículo 91 párrafo quinto del Código Penal para el Distrito Federal, así al realizar una interpretación armónica de tales numerales, la controversia establecida en los citados artículos se refiere a los beneficios preliberacionales que se encuentran contemplados en el Título Quinto, Capítulos I, II, así como la sustitución y suspensión temporal de las penas establecidas en el Capítulo III de la referida Ley Nacional de Ejecución Penal, para este último supuesto específicamente en lo establecido por el artículo 144, de ahí que sea evidente que, en el caso en concreto, lo peticionado por el Licenciado Domingo Correa Jiménez, Agente del Ministerio Público, no puede considerarse como una controversia que deba desahogarse ante el Juez Especializado de Ejecución Penal, con las formalidades exigidas en tal efecto, sino que, por el contrario, el planteamiento que deriva de la petición ministerial se ciñe a la petición de audiencia de revisión del beneficio penal de la Suspensión Condicional, pedimento que evidentemente, encuadra en lo dispuesto por el punto DÉCIMO PRIMERO, fracción III, del Acuerdo plenario 3727/2018 emitido por el Consejo de la Judicatura en sesión de fecha 21 de Junio de 2018 dos mil dieciocho, el cual contiene un numerus clausus de las audiencias que deberán celebrarse por los jueces de Ejecución, relativos a la revocación de cualquier beneficio concedido al sentenciado por cualquier sic autoridad jurisdiccional, estableciéndose en la fracción III, precisamente la audiencia relativa a la revisión de Beneficios Penales; en consecuencia sin necesidad de correr traslado alguno, en cumplimiento al párrafo primero del artículo 20 de nuestra Carta Magna, que dispone que todo proceso penal será acusatorio y oral y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, este juzgador en el ámbito de su competencia, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que deberá ser en audiencia pública en la que se resuelva la petición ministerial, por tanto, se señalan las 13:00 HORAS
DEL DÍA 12 DE JULIO 2019, EN LA SALA DE AUDIENCIAS
008, ubicada en el edificio de Salas Orales, en calle Jaime Nunó número 205, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, a efecto de que tenga verificativo la audiencia para revisión de beneficio, misma que será presidida por el Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de la Ciudad de México en turno, de acuerdo al Registro del Sistema de Gestión Judicial Penal BPM, a quien habrá de informarse lo anterior. Se le tienen por anunciadas las pruebas que ofrece el Agente del
Jueves 4 de julio del 2019

Ministerio Público; en ese sentido y atendiendo a la fecha de audiencia señalada, en términos de los artículos 82, 83, 85, 90, 91 y 92 del Código Nacional de Procedimientos Penales, notifíquese el presente proveído que contiene la debida citación al Agente del Ministerio Público, a la Defensa, al Asesor Jurídico Público, a la víctima y al sentenciado debiendo por cuanto hace a este último agotarse todos los medios que señala el numeral 82 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a la celebración de la citada audiencia, quedando apercibidos los tres primeros, que para el caso de no comparecer el día y hora de la audiencia, se les impondrá una medida de apremio consistente en multa por el equivalente a 20 veces la unidad de medida actualizada vigente, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 fracción II inciso b del Código Nacional de Procedimientos Penales, procediendo a su remplazo, previa intervención de sus superiores jerárquicos; en cuanto a la víctima, para el caso de que no comparezca no será requisito de validez para la celebración de la misma, pues en todo caso quedan a salvo sus derechos para hacerlos valer por conducto de su Asesor Jurídico. Con la precisión de que el la víctima fue ofrecida como testigo. Debiendo agregarse a la carpeta de ejecución que nos ocupa, el escrito de cuenta para que obre como corresponda. ASÍ
LO PROVEYÓ Y FIRMA LA LICENCIADA ADRIANA ELISA
HERNÁNDEZ ROSAS, JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES EN LA CIUDAD DE
MÉXICO, ENCARGADO DEL TRÁMITE, DE CONFORMIDAD
CON LOS ACUERDOS GENERALES 37-27/2018 y 0445/2018, EMITIDOS POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
4 Sin Costo CE: EJEC-NTE-0054/2017 OF. EJECNTE/36060/2019

SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-NTE/1755/2019
CARPETA JUDICIAL: 009/0359/2019
EDICTO No. 1054
Sentenciado: RUBÉN CARRILLO CHÁVEZ O VÍCTOR
MANUEL CANO HERNÁNDEZ.
Delito: ROBO AGRAVADO.
Se hace del conocimiento a la víctima AYAX CASTELAZO
MAYORGA que el 8 de julio del año en curso, el Licenciado Rubén Manuel Godínez Cerón, Juez Penal Especializado en Ejecución de Sanciones Penales de esta ciudad, celebrará la audiencia inicial en la etapa de ejecución, la cual quedó programada para las 10:45 horas de la referida fecha, en la sala 15, se hace de su conocimiento que la Unidad de Gestión Judicial Especializada en Ejecución de Sanciones Penales en el Reclusorio Norte, ubicada en Jaime Nunó 205, Edificio de Salas Orales, segundo piso, colonia Cuautepec Barrio Bajo, delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07210, apercibida para el caso de no comparecer a la audiencia, su ausencia no será requisito de validez para la celebración de la misma.
4 Sin Costo Carpeta Ejecución EJEC-NTE/1755/2019 Of.
EJEC-NTE/35651/2019

SOLO CONSULTA
SOLO CONSULTA

UNIDAD DE GESTIÓN JUDICIAL ESPECIALIZADA EN
EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES DE LA CIUDAD
DE MÉXICO
CARPETA DE EJECUCIÓN: EJEC-SUL/317/2017
EDICTO No. 1055
MEDIANTE AUDIENCIA PÚBLICA DE FECHA 24
VEINTICUATRO DE JUNIO DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE, DENTRO DE LA CARPETA DE EJECUCIÓN EJECSUL/317/2017, INSTRUIDA EN CONTRA DE ISRAEL
ESQUIVEL ROBLES POR EL DELITO DE ROBO CALIFICADO
EN AGRAVIO DE LA PERSONA MORAL CADENA
COMERCIAL OXXO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, LA CUAL TUVO VERIFICATIVO A LAS 10:00 DIEZ
HORAS, EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN
DE SANCIONES PENALES, LICENCIADO MILTON MAURICIO
MORELOS CEDILLO OLALDE, DETERMINÓ: HACERLE DEL
CONOCIMIENTO AL SENTENCIADO ISRAEL ESQUIVEL
ROBLES, QUÉ EL JUEZ PENAL ESPECIALIZADO EN

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Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 4/7/2019

TitleBoletín Judicial de la Ciudad de México

CountryMexico

Date04/07/2019

Page count442

Edition count975

First edition01/09/2016

Last issue07/06/2022

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