Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 27/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 228

27 de Noviembre de 2019

7149

1. Análisis físico-químico 2. Evaluación sensorial mediante un panel ocial de catadores Con este proceso, se seleccionarán los aceites de oliva virgen extra que posean frutado medio entre 3 y 6 o intenso superior a 6, según establece el método COI y el reglamento CE
2568/91 para el atributo frutado, los cuales serán presentados al Jurado.
Finalmente el Jurado se reunirá y tras la cata de los aceites nalistas, propondrá de forma razonada el VII Premio al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra Gran Producción obtenido en la provincia y una mención especial o accésit y Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra Pequeña Producción obtenido en la provincia y una mención especial o accésit.
VII.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1.- El procedimiento aquí regulado se considera en régimen de concurrencia competitiva y tiene la consideración de procedimiento iniciado de ocio, a efectos de los dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Las presentes bases de convocatoria constituyen el Acuerdo de iniciación del mismo, dando cumplimiento con su publicación a la obligación establecida en el artículo 21.4 de la citada Ley de informar a los interesados acerca del plazo máximo para su resolución y noticación así como los efectos del silencio administrativo.
VIII.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
1.- Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Huelva, con los anexos correspondiente digitalizados en formato PDF, conforme los requisitos técnicos establecidos en la página del registro electrónico de la Diputación de Huelva https sede.diphuelva.es.
2.- El plazo de inscripción será de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de las presentes bases en el B.O.P. de Huelva.
3.- Para la subsanación de los defectos que pudieran tener las solicitudes, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.
IX.- CONSTITUCIÓN Y FALLO DEL JURADO.
1.- Comprobada y, en su caso completada la documentación, se procederá a la constitución del jurado del premio, que estará integrado por al menos cuatro expertos catadores con amplia experiencia en premios similares, expertos de reconocido prestigio del sector de la restauración y de la crítica gastronómica, como Presidente del jurado, el Presidente de la Diputación o Diputado en quien delegue, como secretario/a, actuará el Secretario General de la Diputación de Huelva o funcionario en quien aquel delegue.
2.- El jurado se encargará de su valoración sensorial, proponiendo entre los aceites presentados un Primer Premio al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Gran Producción obtenido en la Provincia de Huelva y un accésit bajo la denominación de Mención Especial, si el jurado lo estimara conveniente y un Primer Premio al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de Pequeña Producción obtenido en la Provincia de Huelva y un accésit bajo la denominación de Mención Especial, si el jurado lo estimara conveniente.
3.- El fallo del jurado será inapelable, pudiendo dejar desierto los premios y los accésits.
X.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA.
1.- Visto el fallo del jurado, el Presidente de la Diputación Provincial de Huelva, en forma de Decreto o bien los órganos de gobierno de la misma mediante el correspondiente acuerdo, resolverán motivadamente en el plazo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 39/2015, publicándose tal resolución en el B.O.P. de Huelva, sin perjuicio de su noticación personal a todos los interesados.
2.- Este acuerdo pondrá n a la vía administrativa, con los efectos previstos en la Ley a efectos de la interposición de recursos.
XI.- ENTREGA DE PREMIOS
Los representantes del órgano de gobierno de la Diputación de Huelva entregarán los galardones, y en su caso las menciones especiales, en un acto público convocado al efecto, y al que se dotará de la trascendencia y solemnidades adecuadas.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 27/11/2019 a las 00:00:11
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxseV71oiz7RXUOlymHE0Qtow== en https verifirma.diphuelva.es

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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 27/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

CountrySpain

Date27/11/2019

Page count16

Edition count2324

First edition02/01/2014

Last issue19/06/2023

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