Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2021 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 15 de enero de 2021

Sección
Oficial DECRETOS
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 2/2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 13 de Enero de 2021
VISTO el expediente EX-2020-30251310-GDEBA-DPPPMHYFGP, mediante el cual se propicia delegar las facultades previstas en los artículos 15, 16, 17, 18, 20, 22, 23, 24, 77 y 78 de la Ley N 15.225 de Presupuesto General Ejercicio 2021, el artículo 2 de la Ley N 10.189 T.O. según Decreto N 4502/98 y sus modificatorias y el artículo 4º de la Ley Nº 13.863
y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 15.225 autoriza al Poder Ejecutivo, a la Suprema Corte de Justicia y al Procurador/a General de la Suprema Corte a efectuar determinadas modificaciones al Presupuesto General Ejercicio 2021;
Que el artículo 18 de la referida norma faculta al Poder Ejecutivo a autorizar a los/las Señores/as Ministros/as, Secretarios/as de Estado y otros/as funcionarios/as allí referidos, para que efectúen determinadas adecuaciones presupuestarias;
Que mediante los artículos 19, 23, 24, 77 y 78 de la mencionada ley se autoriza al Poder Ejecutivo a delegar en el/la Ministro/a Secretario/a en el Departamento de Hacienda y Finanzas la facultad de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias en los términos indicados en los mencionados artículos;
Que, por su parte, el artículo 20 autoriza al Poder Ejecutivo a delegar en el/la Ministro/a Secretario/a en el departamento de Infraestructura y Servicios Públicos, la facultad de realizar ciertas modificaciones al presupuesto, cuando las jurisdicciones involucradas sean el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, la Autoridad del Agua, el Instituto de la Vivienda, la Dirección de Vialidad y el Comité de Cuenca del Río Reconquista; en la medida que no se modifiquen las fuentes de financiamiento ni la afectación de recursos;
Que, en razón de la dinámica actual impuesta por el Poder Ejecutivo a su gestión de gobierno, a fin de lograr una eficiente y eficaz descentralización administrativa que permita al titular del Poder Ejecutivo la plena atención de los asuntos que así lo requieran, resulta oportuno y conveniente delegar las facultades previstas en los 15, 16, 17, 18, 20, 22, 23, 24, 77 y 78 de la Ley N 15.225 de Presupuesto General Ejercicio 2021-, el artículo 2 de la Ley N 10.189 T.O. según Decreto N
4502/98 y sus modificatorias y el artículo 4º de la Ley Nº 13.863 y sus modificatorias;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos;
Que han tomado intervención en razón de sus respectivas competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N 15.164, 18, 19, 20, 23, 24, 77 y 78 de la Ley Nº 15.225 y 144 -proemiode la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Delegar en el/la Ministro/a Secretario/a en el Departamento de Hacienda y Finanzas, las facultades conferidas por los artículos 15, 16, 17, 22, 23, 24, 77 y 78 dela Ley N 15.225 de Presupuesto General Ejercicio 2021-, el artículo 2 de la Ley N 10.189 T.O. según Decreto N 4502/98 y sus modificatorias y el artículo 4º de la Ley Nº 13.863 y sus modificatorias o normas que las reemplacen, quien actuará con la previa intervención de la Dirección Provincial de
SECCIÓN OFICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/01/2021 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date15/01/2021

Page count84

Edition count3360

First edition02/07/2010

Last issue26/04/2024

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