Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2019 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 10 de mayo de 2019

ANEXO I forman parte de la presente resolución;
Qué asimismo, resulto oportuno aprobar el procedimiento para acreditación de su reemplazo o modificaciones de beneficiarias en razón de la aplicación del precitado régimen de asignaciones;
Que han tomado intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2 del Decreto N 399- GPBA/2019;
Por ello, EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTICULO 1. Dejar sin efecto el Art. 1 de la Resolución 148/18 y su de modificatorio Resolución n 66/19.
ARTICULO 2. Establecer que régimen transitorio de subsidios aprobado por el artículo 2 del Decreto N 399-GPBA/2019
,con destino a los prestadores del servicio o línea de transporte automotor de pasajeros que se desarrollan fuera del ámbito definido en el artículo 3 de la Ley 25.031 que resulten de jurisdicción provincial o municipal y el establecido en el párrafo anterior, será asignado en OCHO 8 cuotas mensuales de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MILCIENTO SESENTA Y OCHO c/05/100 $139.963.168,05 el que será distribuido entre las beneficiarias.
ARTICULO 3 Aprobar, con vigencia a partir del mes de mayo del año en curso, como Anexo I IF-2019- 11130973-GDEBASSTRANSPMIYSPGP el listado de servicios o líneas de transporte beneficiarias de jurisdicción provincial y municipal, sus prestadores y los coeficientes porcentuales de participación aplicables, a efectos de la distribución de las asignaciones establecidas en el artículo anterior, determinados de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 2 del Decreto N
399-GPBA/2019
En forma mensual, la Dirección Provincial de Gestión de Compensaciones al Transporte, o repartición que en el futuro la reemplace, calculará e instruirá el pago de la suma que correspondiere a cada prestador de servicio o línea beneficiaria, en razón de la aplicación de los montos y los parámetros aprobados precedentemente.
ARTÍCULO 4. - Determinase el procedimiento a seguir en aquellos casos en que se produzca la modificación o cesación de uno o más prestadores del servicio o línea de transporte automotor de pasajeros beneficiarios del régimen de subsidios:
a La jurisdicción municipal o la Dirección Provincial Transporte, o la que en el futuro la reemplace, según se tratare de servicios municipales o provinciales respectivamente, deberá informar a la Dirección Provincial de Compensaciones, o la que en el futuro la reemplace la modificación producida en oportunidad de presentar la declaración mensual aprobada mediante los artículos 2 y 3 de la Resolución 148/18, bajo apercibimiento de aplicar las previsiones dispuestas por el Artículo 4 de la citada Resolución.
b Si un nuevo prestador se hiciera cargo de los servicios, la máxima Autoridad municipal en materia de transporte correspondiente a la jurisdicción respectiva, deberá comunicar los datos del nuevo prestador y la fecha del efectivo inicio de la prestación.
En caso de tratarse de servicios comprendidos en el AMBA, deberá adjuntar los Anexos IX, X y XI, todos de la Resolución N 33 de fecha 2 de marzo de 2010 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE, generados, suscriptos, acompañados y presentados conforme las previsiones del Anexo II de la misma resolución, considerándose únicamente que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el presente inciso una vez que la totalidad de la documentación solicitada, se encuentre presentada de conformidad con el último de los anexos mencionados, en los plazos previstos en la citada normativa y concordante.
c Si un servicio fuera prestado por la empresa anterior y por el nuevo prestador dentro de un mismo mes calendario, las acreencias serán liquidadas proporcionalmente, debiendo la Dirección Provincial de Compensaciones distribuir las mismas en proporción a los días efectivos de prestación de servicio por parte de cada prestador.
d Cuando se produzca la cesación de un servicio sin que los mismos sean asignados a un nuevo prestador dentro del mismo mes calendario y la notificación relativa a dicha cesación se produzca con posterioridad a la liquidación de las acreencias correspondientes a dicho mes, se procederá al descuento del importe remanente en la próxima liquidación que se practique, con cargo a la jurisdicción municipal respectiva conforme lo dispuesto por el Art. 4 de la Resolución N
148/18.
e Si la máxima Autoridad municipal en materia de transporte correspondiente a la jurisdicción respectiva integrara la totalidad de la documentación que se detalla en el inciso a o b de manera extemporánea, el nuevo prestador perderá el derecho a percibir las compensaciones o asignaciones respecto de los períodos mensuales de liquidaciones anteriores.
A tal efecto, se considerará como fecha tope el día VEINTE 20 inclusive de cada período mensual, tomándose la documentación presentada con posterioridad únicamente a los efectos del cálculo de las compensaciones tarifarias correspondientes al período inmediato siguiente.
f De no proceder de la forma indicada, esta SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE efectuará el recobro de los importes que se hayan pagado indebidamente a la jurisdicción municipal, deduciéndose los mismos de los montos que correspondieran ser liquidados a favor de la misma durante el mes inmediato siguiente de haber tomado conocimiento de la cesación del servicio, pudiendo en todo caso iniciar las acciones legales que estime pertinente para promover el recupero.
ARTÍCULO 5. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Fernando Gustavo Riavec, Subsecretario
ANEXO/S

SECCIÓN OFICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2019 - Sección Oficial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

CountryArgentina

Date10/05/2019

Page count38

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First edition02/07/2010

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