Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/04/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 08 de abril de 2021

Postal 7630, a cargo del Dr. Martin Ordoqui Trigo, Secretaría Única a cargo del Dr. Nestor Gallina del Departamento Judicial Necochea, comunica que con fecha 09/12/2019, se ha decretado la Quiebra del Sr. RODRIGO EZEQUIEL
SUELDO, DNI 36.782.712, CUIL 20367827123, con domicilio real en Sección Quintas s/n de la Estación La Dulce, Partido de Necochea. fijándose hasta el día 28/04/2021, el plazo para que los acreedores presenten sus demandas de verificación ante el Sr. Síndico CPN. Placido Daniel Alonso, con domicilio constituido en calle 57 n 3028 de Necochea, E-mail:
danielalonso51@hotmail.com, ante quien y donde se recibirán los días de lunes a viernes en el horario de 9 a 16 horas. Se fija como fecha para la presentación del Informe Individual el día 16/06/2021 y para la presentación del Informe General el día 04/08/2021. Se intima a los deudores y a terceros que posean bienes del fallido, para que, en el término de cinco días, los pongan a disposición del Síndico. Se prohíbe el pago a deudores bajo apercibimiento de tenerlos por no realizados. Se dispone la retención de la correspondencia epistolar y telegráfica la que deberá ser remitida a la Sindicatura. El presente se libra en los autos Sueldo Rodrigo Ezequiel s/Quiebra Expte. N 55770. Necochea, marzo de 2021.
mar. 31 v. abr. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a PAULO ALEJANDRO D URSO, con domicilio en calle Gemes Nro. 3041 de esta ciudad.
Titular del local comercial "Let KB", ubicado en calle Gemes Nro. 3099 de esta ciudad, en causa Nro. 17301 seguida a Romero Geremias Ezequiel por el delito de Robo Agravado, de lo que se transcribe a continuación: del Plata, 25 de marzo de 2021. Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. "DV del Plata, 25 de marzo de 2021. Autos y Vistos: Con la presentación que precede fórmese incidente de salidas transitorias y régimen abierto respecto del causante Romero Geremias Lucas Ezequiel Art. 146 y ccdtes Ley 12.256, 17 y ccdts. Ley 24.660, 25, 498 y cctds CPP y dispónense las siguientes medidas:
4. Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II.
Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad.
Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
mar. 31 v. abr. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a AUGUSTO PEVERELLI PAVKOVICH y CONSTANZA BUGATTI en causa Nro. 17247
seguida a Piraino Braian Emanuel por el delito de Robo Calificado, de lo que se a continuación se transcribe: del Plata, 12 de febrero de 2021: ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Publico Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión
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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/04/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date08/04/2021

Page count60

Edition count3360

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