Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 07 de abril de 2021

corresponde así declararlo y absolver libremente al imputado respecto de la infracción al Artículo 72 del Decreto Ley 8031/73 Art. 137 inc. e del Código de Faltas. Segundo Que se atribuye también al Sr. Esteban Ariel Islas infracción al Artículo 74 inc. "a" del Decreto Ley 8031/73, normativa que sanciona a: los que individualmente o en grupo, en lugar público o abierto al público, profieran gritos, se reúnan tumultuosamente, amenacen o provoquen de cualquier manera Que valorada la prueba reunida en autos a la luz de la sana crítica, entiendo no probados los extremos requeridos como requisitos de punibilidad. Art. 136 del Código de Faltas.-Si bien del acta obrante a fojas 1, surge que el infractor gritaba cosas e insultaba al personal policial, de ningún modo permiten tener por configurada la conducta incriminada en la disposición en tratamiento. En primer lugar porque de dicha acta el personal policial alude Al momento de nuestro arribo observamos un gran grupo de personas, de ambos sexo, los cuales estaban vociferando a viva voz e insultándose entre ellos, que ninguna de ellos poseía en su poder ningún tipo de armas; que los mismos al observar nuestra presencia deponen rápidamente su actitud; menos uno de ellos quien continua con los agravios e insultos a todos los presentes, el cual se desplazaba en forma zigzagueante, con claras evidencias de encontrarse alcoholizado, continuando con los insultos y agravios con todo tipo de improperios en nuestra contra y en contra de los demás personas presentes en el lugar
circunstancia que no precisan en su alcance ni en el tiempo.-Por otra parte, el Artículo 74 inciso "a" del Decreto Ley 8031/73, tutela la tranquilidad o seguridad pública, concepto cuya mayor envergadura debe estar fuera de todo cuestionamiento. En este caso en particular, parece que las agresiones verbales fueron dirigidas a una persona determinada, lo que determinaría que no serían "por se" un atentado al orden público. Mas allá, del correcto proceder de las fuerzas del orden, quienes en pos de pacificar una posible situación de desborde de una persona que había ingerido bebidas alcohólicas, lo cierto es que con las piezas antes aludidas, emerge una duda que no permite certificar concretamente que la conducta se ajuste a la letra de la norma contravencional. Para que un insulto pueda catalogarse comprendido en esta figura, ha de trascender la esfera de la ofensa privada y tener una incidencia colectiva. Causa:
"C,C.H s/Inf. Art. 74 inc. "a" D.L. 8031/73, C.P. 253 S 23-3-99. Por tales fundamentos, existiendo una duda sobre la materialidad contravencional corresponde así declararlo por aplicación análoga del Art. 1 del C.P.P. y absolver libremente al infractor respecto de la infracción al Artículo 74 inciso "a" del Decreto Ley 8031/73 Art. 137 inc. e del Código de Faltas. Por ello, de conformidad a las disposiciones legales citadas y los fundamentos expuestos, Fallo en la presente Causa Contravencional N 1832: Absolviendo Libremente a Esteban Ariel Noel Islas, argentino, instruido, de estado civil casado, de profesión y/u ocupación mecánico, nacido el 26 de noviembre de 1984 en la localidad de San Antonio de Padua, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, D.N.I. N 31.147.481, hijo de Miguel Ángel Islas y de Sandra Claudia Oviedo, domiciliado en calle Favaloro N 680 de la localidad de Dolores, Provincia de Buenos Aires, en la infracción a los Artículos 72 y 74 inciso "a" del Decreto Ley 8031/73 que dieran motivo a la formación de estas actuaciones Arts. citados y 106, 136
y 137 y concs. del Código de Faltas y Art. 1 y 24 del C.P.P.. Regístrese. Notifíquese al Defensor Oficial y a Islas. Una vez firme y consentida, comuníquese al Registro de Contraventores. Dr. Emiliano Lazzari - Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante mi Dra. Natalia Noemó Lovari - Abogada-SecretariaJuzgado Correccional Nº 1
Deptal. Asimismo, se transcribe el auto que dispone el presente: "Dolores, 23 de marzo de 2021. Autos Y Vistos: Atento al tiempo trascurrido y no habiéndose podido notificar al infractor Esteban Ariel Islas la resolución dictada por el Juzgado, obrante a fojas 32/33; procédase a su notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Artículo 129 del C.P.P Notifíquese al Defensor Oficial. Dr.
Emiliano J. Lazzari - Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional - Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
mar. 30 v. abr. 7
POR 5 DÍAS - Se cita y emplaza a SERGIO ARIEL VELASQUEZ, D.N.I. 37.390.209, en la causa Nº CV 4271 que por Infracción al Art. 10 de la Ley 11929 en Bahía Blanca, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº dos a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Laura Hohl, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nº 34, piso 3, de la ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, marzo de 2021. María Agustina García Cesio, Auxiliar Letrada.
mar. 30 v. abr. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de Morón, a cargo de la Dra. Roxana Patricia Ayale, Secretaría Única a cargo de la Dra. Verónica Vivian Arriaza Irigoyen, en los autos Caballero Stephanie s/Quiebra Pequeña" Expte. N 57156-2019 comunica que con fecha 13/11/2020 se ha decretado la Quiebra de CABALLERO
STEPHANIE, CUIT 27-40720805-1, 3 resulta desinsaculado síndico la Contadora Osso María Cristina, con domicilio legal en Colón 224
Cas.
2137, domicilio electrónico 27129823645@notificaciones.scba.gov.ar, Mail cristina.osso@estudiomca.com.ar; 6 Disponer la prohibición de realizar pagos a la fallida, los que serán considerados ineficaces; 10 Ordenar que tanto la fallida como los terceros que tengan en su poder bienes de la misma, hagan entrega de ellos al Síndico dentro del plazo de los tres días; los señores acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos hasta el día 10/05/2021; se ha fijado como fecha para la presentación del informe individual de los créditos el 22/06/2021; el informe general el 19/08/2021. Morón, marzo de 2021.
mar. 30 v. abr. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9 de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Pablo Alberto Pizzo, Secretaría Única, sito en Larroque y 10 de Septiembre de 1861, Edificio Tribunales, segundo Piso, Banfield, hace saber por 5 días que con fecha 26 /04/2019, se ha decretado la apertura del Concurso Preventivo de LEE HYUNG SUK
s/Concurso Preventivo, CUIT Nº 20-92888723/6, con domicilio en la calle los Pinos 401, de Ezeiza, Partido de Ezeiza. Se hace saber a los acreedores que se ha fijado fecha límite para el día 20 de abril de 2021, para el pedido de verificaciones, ante la Sindicatura, Alejandro Gurco, con domicilio en Vicente Oliden 447, de Lomas de Zamora, Partido de Lomas de Zamora, los días: Lunes a viernes de 10:00 hs. a 17:00 hs. Asimismo, se ha fijado para el informe individual, el día 6 de mayo de 2021 y para el informe general el día 23 de junio de 2021, respectivamente. Lomas de Zamora, marzo de 2021.
mar. 30 v. abr. 7
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date07/04/2021

Page count54

Edition count3356

First edition02/07/2010

Last issue26/04/2024

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