Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/01/2021 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 13 de enero de 2021

Sección
Judicial EDICTOS
POR 8 DÍAS - Se hace saber al Sr. ZAMORA, MARCELINO, D.N.I. N 25.377.301, que por ante este Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Quinta Nominación, se tramitan los autos caratulados "Pomare, Daniel Alberto s/Adopción", iniciado en fecha 28/09/2018 y en el cuál esta Proveyente ha dictado las providencias que a continuación se transcriben:
San Miguel de Tucumán, 4 de diciembre de 2019. I.- A lo referido al juramento previsto en el Art. 159 CPC, encontrándose cumplido, no ha lugar por improcedente fs. 88. II.- Atento a lo solicitado y constancias de autos, notifíquese al Sr.
Marcelino Zamora DNI N 25.377.301 la providencia de fecha 08/08/2019 fs. 88 por edictos por el término de 8 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y de esta Provincia, con transcripción extractada de la demanda. Fdo. Dra.
Valeria Judith Brand. Juez.- - San Miguel de Tucumán, 8 de agosto de 2019.- Téngase por cumplido con el Art. 159
Procesal. Atento a las constancias de autos notifíquese al Sr. Marcelino Zamora, DNI N 25.377.301, a fin de que en el plazo de cinco días se apersone a derecho en la presente causa y manifieste su postura en relación a la acción instaurada por Daniel Alberto Pomare y Samuel Andrés Zamora. Personal. Notifíquese por edictos a publicarse por 2 dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el de esta Provincia, con transcripción extractada de la demanda. Fdo.
Dra. Valeria Judith Brand, Juez. A continuación se transcribe parte extractada de la demanda: Inicia Adopción por Integración. Pomare, Daniel Alberto, DNI N 21.335.178, casado, de profesión comerciante, con domicilio real en Av.
Solano Vera 2800, El Manantial, Tucumán, constituyéndolo a todos los efectos legales en casillero de notificaciones N 944
perteneciente a mi abogada apoderada Budeguer, Adriana Celina, M.P. N 4284 a V.S. respetuosamente dice: I.- Objeto:
Que por la presente viene a Iniciar Juicio de Adopción por Integración de Zamora, Samuel Andres, DNI N 38.998.875, argentino mayor de edad, domiciliado en Av. Solano Vera 2800, El Manantial, Tucumán, quién es hijo biológico de mi cónyuge Estevez, Ana Maria, DNI N 24.646.962, argentina, con domicilio en Av. Solano Vera 2800, El Manantial. II.Presta Consentimiento Exreso: Por medio de la presente se apersona Zamora, Samuel Andres, mayor de edad, y manifiesta: I.- Que Presta Consentimiento Expreso con el progreso de la acción de Adopción por Integración, iniciada por el cónyuge de su madre: Pomare, Daniel Alberto. Siendo su Voluntad Reemplazar el Apellido Actual Zaora por Pomare con el que realmente se siente identificado personal y socialmente. Todo lo anterior expuesto en consideración de los hechos que a continuación se desarrollan. Hechos Con las pruebas que se acompañan queda demostrado que en este caso particular están cumplidas las exigencias legales pues ha existido y perdurado en el tiempo la posesión de estado de hijo mientras Samuel era menor de edad y hasta la actualidad. Samuel reconoce como único padre a Daniel Pomare. En este caso existen supuestos fácticos en lo que el pretenso adoptado integra o completa su núcleo familiar con la figura del pretenso adoptante, conjuntamente con su madre biológica formando una misma familia con el resto de los hijos del matrimonio. Esta arte solicita que, al No tener Samuel vínculo con su familia paterna se otorgue la adopción plena
Derecho: Fundo mi pretensión en los Arts. 617, 619, 620, 630, 631, 632 y concordantes de C.C. y C. Nación; Leyes complementarias. Petitorio: Por todo lo anterior expuesto, esta parte solicita: 1.- Se nos tenga por presentados, con domicilio legal constituido y se dé intervención de ley. 2.- Se Corra Vista al Ministerio Público oportunamente corresponda.
3.- Se tenga por presentadas las pruebas documental y testimonial ofrecidas. 4.- Se haga lugar a la presente Acción de Adopción por Integración con efecto pleno por ser la misma ajustada a derecho. Proveer de conformidad. Justicia.
Guillermo Batista, Secretario.
ene. 5 v. ene. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza Titular del Juzgado de Garantías n 5 Departamental, Dra. Marcela Inés Garmendia, en el marco del Incidente de Eximición de Prisión n 1 formado en la IPP N 06-04-001497-20 seguida a Lautaro Javier Galarza, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: Plata, 28 de octubre de 2020. Autos y Vistos: Para resolver en el presente incidente formado en el marco de la IPP nro. 06- 04-01497-20 de trámite por ante la UFIJ Descentralizada de Brandsen; Y Considerando: I. Que el Dr.
Santiago Fuse, solicitó se conceda el beneficio de la Eximición de Prisión en favor de LAUTARO JAVIER GALARZA, RODRIGO JONATHAN GALARZA y DANIEL AGUSTÍN MARTINELLI en los términos del Art. 185 del C.P.P..II. Que en el día de la fecha, resolví dictar orden de detención respecto a los mencionados, en virtud de imputársele la presunta comisión del delito que "prima facie" califiqué como robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda, en los términos de los Arts. 166 2 del Código Penal. Esta calificación no admite la excarcelación y por ende tampoco la eximición de prisión
SECCIÓN JUDICIAL > página 1

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/01/2021 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date13/01/2021

Page count53

Edition count3351

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