Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2019 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 24 de mayo de 2019

notifica por este medio a MAXIMILIANO ANDRÉS COLMAN, DNI 40.494.974, por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el art. 129 del CPP, la siguiente resolución: "Necochea, 11 de marzo de 2019. Autos y Vistos: Y
Considerando: Resuelvo: I Declarar la Extinción de la Acción Penal por Prescripción, respecto de Maximiliano Andres Colman, argentino, instruido, soltero, domiciliado en Av. Lobería 1536 de Quequén, DNI 40.494.974, y Alfedo Rubén Lopez, argentino, instruído, domiciliado en calle 71 N 3630 de Necochea, DNI 13.108.696; y consecuentemente Sobreseer a los mencionados en los términos de lo previsto en el art.323 inc. "1" del C.P.P., en razón de las consideraciones vertidas precedentemente art. 62 inc. 2 del C.P., arts. 321, 322, 323 inc. 1 del C.P.P.. II Remitir a conocimiento de la Sra. Fiscal General Departamental, a los fines que estime corresponder y en virtud de lo expuesto en el considerando segundo arts.
71 y 72 del C.P., art. 7 del C.P.P., art. 28 Ley 14442 III Regístrese. Notifíquese. Comuníquese." Fdo. Dra. Aida Lhez, Juez de Garantías. Ante mí: Diego M. Montero, Auxiliar Letrado. Necochea, a los días del mes de mayo de año 2019. María José Tedoldi.
may. 20 v. may. 24
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana Maria Tenuta notifica a BRIGEITTE PAMELA TALAVERANO CARDENAS, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-LZ-897657-08 nº interno 3703 seguida al nombrado en orden al delito de Lesiones Graves, cuya resolución infra se transcribe field 15 de Mayo de 2019.Y VISTOS: Esta causa Nº 07-00-897657-08 nº interno 3703 del registro de este Juzgado y Nº 3603/2009
del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Talavera Cardena, Brigitte Pamela s/ lesiones graves" y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de lesiones graves presuntamente ocurrido el día 29 de noviembre de 2008 en Esteban Echeverria, hecho del que fuera víctima el Sr. Carlos Moran, la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 16 de septiembre de 2009, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. Que a fs. 129 de la presente causa se decretó la rebeldía y comparendo compulsivo de la imputada Talaverano Cardenas Brigitte Pamela. Que a fs. 148 el Sr. Fiscal de Juicio Dr. Jorge Bettini Sansoni solicitó la prescripción de la acción penal. Asimismo surge de fs. 78/79vta. se concedió la suspensión de juicio a prueba por el término de dos años, la cual fue ampliada a foja 101/102.Así planteadas las cosas y habiendo analizado estos obrados, debo señalar en primer término que efectivamente con fecha 7 de octubre de 2009 se resolvió suspender el proceso a prueba por el término de dos años con relación al imputado Brigitte Pamela Talaverano Cardenas, período este que feneció el 7 de octubre de 2011. Finalizado este término, se reanudan nuevamente los plazos procesales a los efectos de la prescripción de la acción penal.Al respecto la Casación Provincial sostuvo que: "Extender el plazo de suspensión del curso de la prescripción de la acción por fuera del término fijado en el instituto de la suspensión del juicio a prueba, resulta violatorio del principio de legalidad" TC0005 LP 55987 RSD-312-13 S 1-8-2013, Juez Celesia SD Mag. Votantes: Celesia-Ordoqui.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/ recurso de casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos"
305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent.
del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan unicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P.. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 19 de septiembre de 2009 fs. 72, y que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes a fs.
201/203 y 198, se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer a la encartada Talaverano Cardenas Brigitte Pamela por el delito endilgado en estos obrados.Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía que pesa sobre Talaverano Cardenas Brigitte Pamela ya que mantener la mismas implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria de la nombrada respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido extinción de la acción, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio.En razón de ello es mi criterio librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo:
I Revócase la Rebeldía y Orden de Comparendo Compulsivo de la imputada Talaverano Cardenas, Brigitte Pamela.
Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II Declarar Extinguida la Acción Penal por Prescripción, respecto de la encartado Talaverano Cardenas, Brigitte Pamela., en la presente causa Nº 07-00-897657-08 R.I. 3703 que se le sigue en orden al delito de lesiones graves, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 62 del Código de Fondo.
Artículos 62 inciso 2do. y 67 del Código Penal. III Sobreseer a la Talaverano Cardenas Brigeitte Pamela, titular de D.N.I.
Nº 0499183, de nacionalidad peruana, casada, nacido el día 12 de agosto de 1972, en Lima Peru, ama de casa, hijo de Juan Andres Talaverano Abregú y de Iris Olimpia Cardenas Rodrigue, domiciliado en calle Urbano Gonzalez n 1276, Luis Guillon, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U1507149, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº 1270181AP, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, notifíquese a los Representantes del Ministerio Público Fiscal -por su ordeny al imputado por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese.Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Maximiliano Estevez. Analía Di Giacomo Auxiliar Letrado Banfield, 15 de mayo de 2019.
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SECCIÓN JUDICIAL > página 5

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/05/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date24/05/2019

Page count36

Edition count3369

First edition02/07/2010

Last issue06/06/2024

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