Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2019 - Sección Judicial

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 17 de mayo de 2019

SECCIÓN JUDICIAL
Remates JUAN PABLO ALBERTON
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 del Departamento Judicial de San Martín, a cargo del Doctor Silvio José Mazzarello, pone en conocimiento en los autos caratulados Asociacion Mutual Supervisores Ferroviarios s/ Incidente Concurso/Quiebra Excepto verificados Exp. 73.666, la subasta mediante la modalidad electrónica del inmueble sito en la Maipu Nº 2.401 esquina Moreno 1.210/12 de la localidad de Laguna Paiva, provincia de Santa Fe.
Lote 200 de la Manzana B, Dominio Tomo 318 P Folio 03732 - Nº 27442 del año 1973. Por intermedio del martillero Juan Pablo Alberton. Se establece el honorario del Perito Enajenador comisión en el 3 %, con mas el 10% por aporte.- El mandamiento de constatación acompañado en autos diligenciado con fecha 23 de Mayo del 2.018, diligenciado por el perito enajenador en carácter de oficial ad-hoc, dice que se encuentra ocupado por el señor Norberto Merati en carácter de inquilino junto al señor Obregon Claudio Alberto.- La subasta se realizará mediante la modalidad electrónica desde EL 10
DE JUNIO DE 2019 A LAS 10 HORAS, culminando EL DÍA 26 DE JUNIO DE 2019 A LAS 10 HORAS y se establece el monto de la base en la suma pesos dos millones ochocientos mil $ 2.800.000.-. Los interesados en la subasta deberán ser usuarios registrados e inscriptos antes del 5 de junio del 2019 y deberán depositar en garantía, en la cuenta en pesos Nº 5100-027- 847480/4 cuyo CBU es 0140138327510084748040, abierta en el Banco provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales de San Martín en concepto de depósito en garantía, el 5 % del monto de la base $ 140.000.-. Fecha de adjudicación día 2 de Julio del 2019 a las 11 horas, en la sede del Juzgado Avenida Ricardo Balbín Nº 1.753 Piso 3º de la Ciudad y Partido de Gral. San Martín, Pcia. de Buenos Aires. Deuda: Adeuda: Inmobiliario al 27-10-17 $ 1.267,87.Municipalidad al 8-6-18 Taza Urbana $ 2.691,05, por Obras de Cloacas $ 9.451,84, por Iluminación $ 1.264,75. Exhibición día 28 de mayo del 2019 en el horario de 11 a 15 horas. En atención a lo aconsejado oportunamente por la Sindicatura, el silencio del Comité de Control y lo que resulta de las constancias de autos, con previa citación de los acreedores hipotecarios y de los señores Jueces embargantes e exhibientes -en caso de que los hubiereArt. 569 CPCC, decretase la venta en pública subasta electrónica del inmueble cuyo certificado de dominio luce a fs. 165/166 y en el porcentaje del cien por ciento indiviso 100% que le corresponde a la fallida Asociación Mutual de Supervisores Ferroviarios, por intermedio del Enajenador interviniente en autos Juan Pablo Alberton.- Publíquense edictos por el término de cinco días en el Boletín Judicial, y en los diarios "Arroba San Martin" del partido de Gral. San Martin y en el diario "El Litoral" de Santa Fe arts. 208 de la ley 24522 y 574 CPCC en la forma dispuesta por el art. 575 del código citado. Se exigirá de quien resulte comprador la integración del saldo de precio mediante deposito y/o transferencia bancaria ello teniendo en cuenta el depósito en garantia y la constitución de domicilio procesal en el radio de asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo normado por el art. 133 CPCC y comisión del 3% al martillero a cargo del comprador con más aportes de ley art. 261 2º parte de la Ley 24.522 todo ello en el acto de la firma del acta de adjudicación.- Asimismo, el Enajenador deberá rendir cuentas dentro del tercer día de realizada la subasta, bajo apercibimiento de multa art. 579 CPC y 69 ley 10.973. Hágase saber que para el caso de que el inmueble se encuentre ocupado por inquilino y el mismo resulte comprador en subasta, deberá continuar abonando el canon locativo estipulado hasta la efectiva toma de posesión. El desarrollo de la subasta electrónica, se llevara a cabo en las siguientes condiciones: 1 Sin perjuicio de la fecha propuesta por el Martillero interviniente, atendiendo a lo novedoso de esta modalidad y a los fines de un mejor cumplimiento, deberá el Auxiliar de Justicia proponer con la conformidad de la Seccional del Registro General de Subastas a esta Judicatura las fechas estipuladas para el inicio y finalización de la subasta y fecha para la suscripción del Acta de Adjudicación, todas ellas con la suficiente antelación y tiempo a efectos de cumplir cabalmente con los actos y plazos establecidos en el Código adjetivo y en la normativa de subastas electrónicas arts. 562 5 parr. del CPCC y 28, 30, 35, 38 y cc. Ac. 3604. 2 Publíquese en el Portal de Subastas Electrónicas de la página WEB de la SCBA, mas allá de los edictos ordenados anteriormente.- 3 Todo interesado en participar de la subasta deberá -indefectiblementeen forma previa a la misma, registrarse como postor en la Seccional del Registro General de Subastas Judiciales que corresponda arts.6 a 20 del Ac.3604/12. Debiendo ello ser realizado al menos con una antelación de 3 días hábiles al inicio de la puja arts. 562 del CPCC y 21 a 24, Ac.3604/12.4 Para participar en esta subasta en particular, se exige que los interesados depositen en garantia mediante deposito y/o transferencia bancaria en la cuenta que a tal efecto se abrira la suma equivalente al 5% sobre el valor de la base de la subasta el depósito se deberá efectivizar tres días hábiles antes a la fecha de inicio de la subasta, ello en los términos del art. 22 del Ac. 3604.- Hágase saber a los potenciales oferentes que en caso de no resultar ganadores, la suma dada en garantía será automáticamente devuelta a sus respectivas cuentas por medio de transferencia bancaria sin excepción una vez concluida la subasta, siempre que no hayan efectuado reserva de postura.- Para aquellos oferentes que hayan efectuado reserva de postura art. 40 del Ac. 3604 podran requerir en cualquier momento posterior a la finalización de la subasta la restitución del dinero, desistiendo de esa manera a la reserva oportunamente pedida. 5 La puja de los oferentes deberá ser por tramos que se incrementaran de a un 5% cinco por ciento sobre el valor de la base de la subasta arts. 31
y 32 Ac. 3604. 6 Se autoriza la puja en comisión, en cuyo caso, y al momento de pujar en comisión, deberá individualizar a su comitente, debiendo ambos estar previamente inscriptos en el RSJD art.582 CPCC; art.21 3er. Párrafo Ac.3604. 7 En cuanto al desarrollo del acto, esto es desde el cumplimiento de los requisitos previos y desde la fecha y hora de inicio de la puja hasta el momento del cierre de la misma -a cargo del Martillero intervinientedeberá estarse a lo normado por los arts.
575 del CPCC y 2, 3, 26 in fine, 28, 29, 30, 34, 35, 42, 43, 48 Ac. 3604/12 de la SCJBA. 8 Dentro del plazo de tres días contados desde el cierre de la puja virtual, el Martillero deberá presentar en autos acta que de cuenta del resultado del
SECCIÓN JUDICIAL > página 1

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2019 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date17/05/2019

Page count41

Edition count3355

First edition02/07/2010

Last issue25/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2019>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031