Artículo 1420 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1420. Disposición. Autorización otorgada al banco

En el depósito de títulos valores es válida la autorización otorgada al banco para disponer de ellos, obligándose a entregar otros del mismo género, calidad y cantidad, cuando se hubiese convenido en forma expresa y las características de los títulos lo permita. Si la restitución resulta de cumplimiento imposible, el banco debe cancelar la obligación con el pago de una suma de dinero equivalente al valor de los títulos al momento en que debe hacerse la devolución.

(CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION – LIBRO TERCERO. Derechos Personales. TITULO IV. Contratos en particular. CAPÍTULO 12. Contratos bancarios. Sección 2ª. Contratos en particular. Parágrafo 6° Custodia de títulos)

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1. Introducción*

El contrato de custodia de títulos tiene una forma básica, en la que su configuración es la de un depósito regular, por el que el banco debe adoptar medidas de custodia o administración con relación a los títulos entregados por el cliente; pero también es posible que las partes acuerden un régimen más cercano al de un depósito irregular, en caso de no mediar disposición de los títulos, o al del mutuo, si ella tiene lugar.

2. Interpretación

Se establece en este artículo que el banco puede ser autorizado por el titular a disponer de los títulos valores por él entregados, restituyendo otros del mismo género, cantidad y calidad o su equivalente en dinero si la restitución se tornara imposible al tiempo de tener que hacerse efectiva.

El contrato tiene por objeto títulos valores, documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se establece, por lo que debe tratarse de títulos homogéneos, jurídicamente fungibles.

En la norma no se hace mención a la remuneración del banco, pero, de considerarla procedente en razón de la finalidad y funcionalidad del contrato, ella habrá de ser establecida por las partes al tiempo de su celebración o ajustada según los usos de plaza (art. 964 CCyC).

* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Infojus, Sistema Argentino de Información Jurídica, 2015.


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