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Periódico Oficial de Aguascalientes del 31/12/2012 - Sección 4ta.
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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.
Diciembre 31 de 2012
PERIÓDICO OFICIAL
Cuarta Sección
Pág. 17
Oficial del Estado el 13 de diciembre de 2010, continuarán aplicándose los valores unitarios vigentes a la entrada en vigor de esta Ley de Ingresos.
Una vez que conforme a lo establecido en la Ley de Catastro del Estado de Aguascalientes publicada en el Periódico Oficial del Estado el 13 de diciembre de 2010, sean aprobadas por el H. Congreso del Estado de Aguascalientes, nuevas tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones, se deberán revisar las tasas y cuotas aplicables para el cobro del impuesto a la propiedad raíz y, en su caso, hacer las adecuaciones correspondientes a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de proporcionalidad y equidad.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes, a los veinte días del mes de diciembre del año 2012.
Lo que tenemos el honor de comunicar a Usted, para los efectos constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 20 de diciembre del año 2012.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.
LA MESA DIRECTIVA:
Dip. Juan Manuel Gómez Morales, PRESIDENTE.
Dip. Jesús Alfredo Nieto Estebanez, PRIMER SECRETARIO.
Dip. Mario Antonio Guevara Palomino, SEGUNDO SECRETARIO.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 27 de diciembre de 2012.- Carlos Lozano de la Torre.- Rúbrica.- El Jefe de Gabinete, Antonio Javier Aguilera García.- Rúbrica.