Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/11/2020

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 214

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
CADIZ
EDICTO

D. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CADIZ.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 330/2019 a instancia de la parte actora MUTUA BALEAR ENTIDAD
COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL contra INSTITUTO NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CARMEN DOLORES ZEPEDA DOMINGUEZ, JOSE ANTONIO RAMOS REYES y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado RESOLUCION
de fecha 18/09/20, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta en nombre de Mutua Balear frente al INSS/TGSS, JOSÉ ANTONIO RAMOS REYES y CARMEN DOLORES ZEPEDA
DOMÍNGUEZ, debiendo declarar que el proceso de IT iniciado por D. JOSÉ ANTONIO
RAMOS REYES el 18 de julio de 2018 es derivado de enfermedad común, con las consecuencias legales inherentes a dicho pronunciamiento.

No ha lugar a la condena en las costas de este procedimiento.

Notifíquese a las partes, previniéndoles que contra la misma cabe RECURSO
DE SUPLICACIÓN para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES a la misma por comparecencia o por escrito.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado D CARMEN DOLORES
ZEPEDA DOMINGUEZ actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En CADIZ, a veintiuno de octubre de dos mil veinte. EL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 64.588


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

Procedimiento Ordinario 688/2017. Negociado: 19. N.I.G.:
1101244S20170002081. De: DID. ANTONIO MATEO GONZALEZ. Abogado:
MANUEL MORALES LUPION. Contra: Din. LIMPIASOL SA, CONCENTRACION
DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS SA, DLM INSOLVIA, S L y FOGASA.

D/D. LIDIA ALCALA COIRADA, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3
DE CADIZ

HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 688/2017 se ha acordado citar a CONCENTRACION DE SERVICIOS
Y MANTENIMIENTOS SA como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día DIECISEIS DE FEBRERO DE 2022 A LAS 12.05
HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en ESTADIO RAMON DE CARRANZA-FONDO SUR3 PLANTA DE CADIZ debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESION JUDICIAL.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a CONCENTRACION DE SERVICIOS Y
MANTENIMIENTOS SA.

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En CADIZ, a veintidos de octubre de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LIDIA ALCALA COIRADA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 64.590


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE, LETRADO/A DE LA

10 de noviembre de 2020

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE
JEREZ DE LA FRONTERA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 577/2019 a instancia de la parte actora D/D. ISABEL M BEGINES MATEOS contra ESTACION DE SERVICIOS LAS SALINAS SL BOP, TOP TARGET SL y FOGASA
sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado RESOLUCION de fecha 20/10/20 del tenor literal siguiente:
SENTENCIA nº 232/2020

En Jerez de la Frontera, a veinte de octubre de dos mil veinte.

Vistos por mi, Dña. MARIA EMMA ORTEGA HERRERO, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de lo Social Nº 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos del orden social nº 577/2019 en materia de DESPIDO, en virtud de demanda interpuesta por DOÑA ISABEL MARIA BEGINES MATEOS, asistida del Letrado Don José Vicente Marín, frente a las empresas TOP TARGET SL, ESTACION DE SERVICIO
LAS SALINAS SL y FOGASA, que no comparecieron pese a estar citadas en legal forma, procede dictar la presente resolución atendidos los siguientes
FALLO

Que estimando la demanda formulada por DOÑA ISABEL MARIA
BEGINES MATEOS contra TOP TARGET SL Y ESTACION DE SERVICIO LAS
SALINAS SL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido acordado por TOP
TARGET SL, de fecha 26/04/2019, condenando a ésta a que a su elección readmita a la parte actora en el puesto de trabajo que venía ocupando y en las mismas condiciones, u optar expresamente dentro de los cinco días siguientes a la notificación de ésta sentencia, por una indemnización a favor del actor de 2.765,59 €, satisfaciendo, en caso de readmisión los salarios devengados y dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 43,72 €/día, condenando a la citada empresa a que abone a la actora la cantidad de 437,20 € más el 10% de mora respecto de los conceptos salariales, condenando al FGS a estar y pasar por las declaraciones fácticas y jurídicas expresas o inherentes a esta resolución, sin más pronunciamiento por ahora respecto de dicho organismo.

Absuelvo a la empresa ESTACION DE SERVICIOS LAS SALINAS SL
de los pedimentos deducidos en su contra.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado en el acto de la notificación de esta sentencia, bastando para ello la manifestación en tal sentido de la parte, de su Abogado, Graduado Social colegiado o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o dentro de los cinco días siguientes al en que tenga lugar dicha notificación, por escrito o comparecencia.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, deberá acreditar en su caso, al tiempo de anunciar el recurso, haber ingresado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 4427000065057719 abierta en la entidad BANESTO haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De igual modo, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado como depósito la cantidad de 300 € en la cuenta bancaria referenciada con indicación igualmente del número de procedimiento.

Para la interposición del recurso la empresa, deberá acreditar haber ingresado en concepto de tasa judicial la cantidad correspondiente, con indicación igualmente del número de procedimiento, todo ello sin perjuicio de las exenciones legalmente previstas para recurrir.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez a los efectos de este procedimiento, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública, ante mí el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado ESTACION DE SERVICIOS
LAS SALINAS SL BOP actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintiuno de octubre de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. JERÓNIMO
GESTOSO DE LA FUENTE. Firmado.
Nº 64.591

.
.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
Correo electrónico: boletin@bopcadiz.org www.bopcadiz.es
O .
B

SUSCRIPCION 2020: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/11/2020

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data10/11/2020

Conteggio pagine11

Numero di edizioni6018

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930