Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/10/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.083
Salta, sábado 2 de octubre de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que en lo que refiere al plan de vacunación, corresponde mencionar que en Salta se distribuyeron 1.730.926 dosis de vacunas contra Covid, y se aplicaron un total de 1.346135 dosis en la población mayor de 12 años. Encontrándose del total de la población un 58% con 1era dosis y con 2da dosis 36%. Asimismo, se denota que el grupo de personas entre:
18 y 29 años cuentan un 77% con la primera dosis, pero solo el 35%
con el esquema completo,
Mayores de 18 años, el 83% ya cuenta con al menos una dosis, y el 54% con ambas,
Mayores de 60 años, 87% se aplicó la 1era dosis y el 75% completo esquema;
Que, se plantean en adelante los siguientes objetivos: 1 Avanzar con la población objetivo y aumentar el número de vacunados con dos dosis; 2 Completar el esquema con la vacuna disponible, realizar esquema heterólogo, de acuerdo a intervalos recomendados y valorar la disponibilidad de insumo; 3 Avanzar con vacunación a personas de 12 a 17 años con factores de riesgo; y 17 años sin factores de riesgo;
Que para que la protección sea óptima, las personas deben recibir las dosis recomendadas por la Autoridad Sanitaria;
Que, en efecto, las vacunas contra la COVID-19 protegen de esta enfermedad porque inducen inmunidad contra el virus SARS-Cov-2 que la causa, es decir, reducen el riesgo de enfermar;
Que, la vacunación contra COVID-19 se presenta como una herramienta importante para detener el avance de la pandemia. Vacunarse ayuda a las personas a evitar enfermar gravemente a causa del COVID-19, por lo tanto disminuir la internación por la enfermedad;
Que, cabe destacar que la Corte Suprema de Justicia, en autos "N.N. o U. vs s/
protección y guardas de personas" N 157 XLVI, estableció que la vacunación no alcanza
solo al individuo que la recibe, sino que excede dicho ámbito personal para incidir directamente en la salud pública, siendo uno de sus objetivos primordiales el reducir y/o erradicar los contagios en la población."
Que, con sustento en ello, y en atención a la actual situación sanitaria y epidemiológica de la Provincia, corresponde flexibilizar progresivamente el esquema de medidas, en un marco de normalidad pero controlada, donde ninguna actividad se encuentre suspendida, y solo algunas se hallen limitadas estrictamente a lo necesario para garantizar la prevención a los contagios, que de manera refleja impacte en el sistema sanitario;
Que, de esta manera, corresponde continuar con la eliminación de ciertas restricciones y en su correlato mantener las Pautas Generales de Comportamiento, ampliar los aforos de distintas actividades;
Que en este contexto, el uso de barbijo o tapabocas sigue siendo vital para evitar la transmisión viral. Las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio su uso sólo cuando se circule al aire libre a más de dos 2 metros de distancia de otras personas, por el contrario, se mantiene la obligatoriedad de uso en situaciones de aglomeración como las que se presentan en galerías, peatonales, eventos masivos y en la participación en todo tipo de actividad donde no exista ni se garantice dicho distanciamiento;
Que la eliminación de toda limitación horaria de cualquier actividad por razones sanitarias y epidemiológicas, implica que cada actividad deberá regirse por el régimen de
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