Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.918
Salta, martes 2 de febrero de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Que, en atención a la actual realidad sanitaria, y en concordancia a lo dispuesto por la Corte de Justicia de Salta mediante Acordada Nº 13.281, este Colegio de Gobierno, entiende oportuno tomar nuevas medidas que optimicen los servicios a cargo del Ministerio Público en la administración de justicia, sin perjuicio de la organización que expresamente establezca cada ministerio en su ámbito, respetando la estricta observancia de los protocolos sanitarios y las medidas de bioseguridad establecidas, por este Colegio y las autoridades sanitarias competentes.
Que conforme lo expresado, se emite el presente instrumento.
POR ELLO;
EL COLEGIO DE GOBIERNO EN FERIA, RESUELVE:
1. DISPONER que a partir del 1º de febrero del año 2021 el horario de funcionamiento para el Ministerio Público Pupilar, el Ministerio Público de la Defensa, sus respectivas dependencias y Áreas Centrales del Ministerio Público, en todos los distritos de la provincia será de hs. 7:30 a 13:30, y de hs. 14:00 a 20:00 en los turnos matutino y vespertino respectivamente.
2. DEJAR ESTABLECIDO que a partir del 1º de febrero de 2021 el horario de funcionamiento para la Ministerio Público Fiscal y sus dependencias será de hs. 08:00 a 14:00, bajo la modalidad presencial a excepción del personal comprendido en la población de riesgo y sin perjuicio del trabajo que bajo la modalidad remota continúen prestando los Magistrados/as, Funcionarios/as y Empleados/as del Ministerio Público Fiscal de la provincia de Salta.
3. DISPONER que cada uno de los Ministerios podrá organizar su servicio y/o podrá establecer el número de empleados por oficina y/o por turno, respetando el distanciamiento social, las normas y protocolos sanitarios vigentes, e informando cuando así corresponda dicha organización a Dirección de Personal y al Área de Seguridad e Higiene a fin de que puedan ejercer el control a su cargo.
4. ESTABLECER la estricta observancia de los protocolos sanitarios y las medidas de bioseguridad establecidas por este Colegio y, las autoridades sanitarias competentes.
5. DISPONER la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia y en el sitio web del Organismo.
6. REGÍSTRESE, publíquese, notifíquese y archívese.
Abel Cornejo, PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dr. Pedro Oscar Garcia Castiella, DEFENSOR GENERAL DE LA PROVINCIA - Dra. Mirna Paola Obeid, SECRETARIA DE DESPACHO
Recibo sin cargo: 100010152
Fechas de publicación: 02/02/2021
Sin cargo OP N: 100083505

SALTA, 2 de Junio de 2020
RESOLUCIÓN Nº 455
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA
VISTO el Expediente N 0110068-63350/2020-0 mediante el cual se llevó adelante el procedimiento de Contratación Abreviada N 04/2020 para la ADQUISICIÓN DE
INSUMOS DE HIGIENE" en el marco del art. 15 inc. i de la Ley Provincial N 8.072 y su Dcto.
Reglamentario N 1.319/18, y;

Pág. N 24

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/02/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data02/02/2021

Conteggio pagine82

Numero di edizioni2486

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione24/06/2026

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