Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/01/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.899
Salta, miércoles 6 de enero de 2021

responsable.
Capítulo III
Bases para la determinación de la Regalía Minera Art. 8º.- La regalía minera se determinará sobre el volumen físico de las sustancias minerales extraídas de cada yacimiento en boca-mina, con independencia de su posterior beneficio.
Art. 9º.- El importe de la regalía minera será del tres por ciento 3% sobre el valor de boca-mina del mineral extraído, transportado o acumulado y previo a cualquier proceso de transformación.
El citado valor boca-mina del mineral se calculará conforme a lo dispuesto por las Leyes Nacionales 24.196 y 25.161, a las cuales esta Provincia adhirió por Leyes 6.712 y 7.102.
Art. 10.- A los fines de la determinación del monto de la regalía minera, los responsables deberán presentar dentro de los quince 15 días corridos a partir del 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año, una declaración jurada en la forma, modalidad y formularios que disponga la Autoridad de Aplicación.
Art. 11.- La Autoridad de Aplicación verificará las declaraciones juradas para comprobar la exactitud de los datos en ellas consignados.
Cuando el responsable no hubiere presentado la declaración jurada o la misma resultare inexacta por ser falsos o erróneos los hechos consignados, o por errónea aplicación de las normas vigentes, la Autoridad de Aplicación determinará de oficio la regalía minera, sobre base cierta o presunta, conforme lo dispuesto en la Ley 8.161.
Capítulo IV
Del pago de la regalía minera Art. 12.- El pago de la regalía minera deberá efectuarse en dinero efectivo.
Art. 13.- El pago de la regalía minera y el ingreso de las retenciones y/o percepciones deberá efectuarse hasta el día del vencimiento, inclusive, de los siguientes plazos: Primer Trimestre, 15 de mayo; Segundo Trimestre, 15 de agosto; Tercer Trimestre, 15 de noviembre de cada año y Cuarto Trimestre, 15 de febrero del año siguiente.
Sin perjuicio de ello, el Poder Ejecutivo Provincial podrá exigir con carácter general o, para determinadas categorías de responsables o conceptos, uno o varios anticipos o pagos a cuenta de la regalía minera en curso.
Art. 14.- Cuando el responsable del pago fuera deudor de regalías mineras, intereses, recargos o multas por diferentes períodos y efectuara un pago, sin indicar a qué deuda debe imputarse, la Autoridad de Aplicación deberá imputarlo a la deuda minera correspondiente al año más remoto, primero a las multas, recargos e intereses, en ese orden, y el excedente, si lo hubiere, al capital de la regalía minera.
Si el deudor indicare a que deuda debe imputarse el pago, el mismo no puede imputarse a la deuda capital sin consentimiento de la Autoridad de Aplicación.
Art. 15.- En los casos de responsables del pago de regalías que no ingresen uno o más pagos o no presenten declaraciones juradas por uno o más períodos y la Autoridad de Aplicación conozca por declaraciones juradas o determinación de oficio la medida en que les ha correspondido abonar regalías en períodos anteriores, podrá emplazarlos para que dentro del término de diez 10 días presenten las declaraciones juradas e ingresen la regalía correspondiente. Si dentro de dicho plazo los responsables no regularizan su situación, la Autoridad de Aplicación, sin otro trámite, podrá exigirles el pago a cuenta de la regalía que en definitiva les corresponda abonar, de una suma equivalente a tantas veces la regalía declarada o determinada respecto a cualquiera de los períodos no prescriptos, cuantos sean los períodos por los cuales dejaron de presentar declaraciones o no abonaron regalías. La Autoridad de Aplicación queda facultada a actualizar los valores respectivos sobre la base de Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Pág. N 11

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 06/01/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data06/01/2021

Conteggio pagine64

Numero di edizioni2485

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione23/06/2026

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