Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Buenos Aires, miércoles 4
de abril de 2007

Año CXV
Número 31.129
Precio $ 0,70

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales Sumario
DECRETOS
Pág.

DECRETOS

Que resulta menester optimizar los circuitos de control de producción y salida de los explosivos fabricados y de consumo de materias primas calificadas como explosivos.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio Jurídico Permanente de MINISTERIO DEL INTERIOR.

ARMAS Y EXPLOSIVOS

ARMAS Y EXPLOSIVOS
306/2007
Modifícase la Reglamentación parcial de la Ley Nº20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº302/83.
MINISTERIO DE DEFENSA
311/2007
Designación en la Planta Permanente de la Secretaría de Planeamiento, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº26.198.

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
317/2007
Danse por asignadas funciones de Jefe del Departamento de Tesorería de la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación e Innovación.

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
307/2007
Traslado de un funcionario.

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PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION
312/2007
Dase por prorrogada la designación transitoria efectuada en la Dirección de Coordinación Técnica y Administrativa mediante el Decreto Nº867/2005, prorrogada por su similar Nº846/2006.
SECRETARIA DE TURISMO
305/2007
Dase por prorrogada la designación transitoria de Auditor de Gestión, dependiente de la Unidad de Auditoría Interna de la mencionada Secretaría de la Presidencia de la Nación.
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
316/2007
Desígnase Vicepresidente.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 99 incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Modifícase la Reglamentación parcial de la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 302/83.

Por ello,
Bs. As., 29/3/2007

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
309/2007
Designaciones en la Planta No Permanente de Personal Transitorio de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal de la Secretaría Legal y Administrativa, con carácter de excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº26.198.

PERSONAL MILITAR
308/2007
Estado Mayor General de la Armada. Danse por autorizados traslados en misión transitoria a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, con motivo de haberse desempeñado como profesores militares para el dictado de materias en la Escuela de Guerra Naval de la Armada del mencionado país.

Decreto 306/2007

VISTO la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias y su Reglamentación parcial en lo referente a pólvoras, explosivos y afines aprobada por el Decreto Nº 302 del 8 de febrero de 1983 y
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Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y sus modificatorias regula, entre otros aspectos, la adquisición, comercialización, industrialización, uso, importación y exportación de explosivos y afines.
Que la citada norma fue reglamentada parcialmente mediante Decreto Nº 302 de fecha 8 de febrero de 1983.
Que a través de la Disposición Nº 2193 de fecha 6 de agosto de 1996 de la DIRECCION
GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, se dispuso excluir del acto administrativo citado ut supra, la consideración como explosivo al nitrato de amonio con un máximo de DOS DECIMAS POR CIENTO 0,2%
de materias combustibles, incluyendo cualquier sustancia orgánica como carbono, con excepción de cualquier otra sustancia agregada.
Que ello produjo que dicha sustancia quedara sin el debido control por parte de autoridad idónea en la materia, tanto en la importación como en la exportación, adquisición, utilización y depósito de la misma.
Que en atención a la peligrosidad de la sustancia aludida y a los fines de efectuar el control pertinente corresponde incluir al nitrato de amonio con el carácter de explosivo, en cualquier tipo de composición.
Que en razón a lo expuesto se podrá controlar de manera efectiva desde el ingreso al país de la sustancia hasta su destino final, depósitos y tránsito.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
48/2007
Dase por aprobada una contratación en el ámbito de la Unidad Auditoría Interna de la mencionada Jurisdicción. Déjase sin efecto un contrato de locación de servicios que fuera oportunamente celebrado de acuerdo con lo previsto por el Decreto Nº1184/2001.

5

49/2007
Dase por aprobada una contratación de locación de servicios celebrada en el marco del Decreto Nº1184/2001.

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Continúa en página 2

Artículo 1º Modifícase el artículo 2º, Grupo B, Clase B-4 de la Reglamentación parcial de la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 302/83 por el siguiente texto:

CONSIDERANDO:

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

50/2007
Dase por aprobado un contrato de locación de servicios celebrado en el marco del Decreto Nº1184/2001.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Art. 2º Modifícase el texto del artículo 2º, Grupo C, Tipo C-1d de la Reglamentación parcial de la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 302/83 por el siguiente texto:
Tipo C 1d Nitrato de amonio:
Con más de DOS DECIMAS POR CIENTO
0,2% de sustancias orgánicas o los fertilizantes con nitrato de amonio con más de DOS DECIMAS
POR CIENTO 0,2% de sustancias orgánicas.
Art. 3º Modifícase el artículo 33 de la Reglamentación parcial de la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 302/83 el cual quedará redactado de la siguiente forma:
La importación y exportación de los explosivos podrá realizarse por los siguientes puntos, además de los que el Registro Nacional de Armas habilite para esos fines.
Provincia de Buenos Aires:
Puerto de La Plata para operar con nitrato de amonio o fertilizantes a base de nitrato de amonio clase B 4 en las condiciones fijadas en el artículo 35 .
Puerto de Olivos.
Aeropuerto Internacional de Ezeiza.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº538.103

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
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Clase B-4 Nitrato de amonio: con no más de DOS DECIMAS POR CIENTO 0,2% de sustancias orgánicas o los fertilizantes con nitrato de amonio hasta DOS DECIMAS POR CIENTO
0,2% de sustancias orgánicas.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/04/2007 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/04/2007

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9375

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione23/06/2024

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