Boletín Oficial de la República Argentina del 25/09/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, jueves 25 de setiembre de 2003

Nº 30.242

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

L EGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

SUMARIO

Por ello,
RESOLUCIONES
Ministerio del Interior
PROCESOS ELECTORALES
Resolución 218/2003
Prorrógase el plazo establecido por la Resolución N 9/2003 para la confección del proyecto de Plan Estratégico de Incorporación de las Nuevas Tecnologías al Proceso Electoral.
Bs. As., 23/9/2003
VISTO el Expediente N 4981/2003 del registro de este Ministerio, la Resolución del suscripto N 9 del 6 de junio de 2003, y CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en el visto se crea un Grupo de Trabajo con la finalidad de analizar la incorporación de nuevas tecnologías a los procesos electorales y proponer cursos de acción en ese campo, atento la competencia que el MINISTERIO DEL INTERIOR
tiene de asistir al Presidente de la Nación en todo lo inherente al gobierno político interno y en particular entender en lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral.
Que en el artículo 3 de la Resolución mencionada se establecía un plazo para que El Grupo de Trabajo creado en la misma confeccionara un proyecto de PLAN ESTRATEGICO DE INCORPORACION DE
LAS NUEVAS TECNOLOGIAS AL PROCESO ELECTORAL, el cual se encuentra agotado.
Que dadas las características especiales del proceso electoral puesto en marcha en el presente año se hace necesario prorrogar el plazo establecido en la Resolución Ministerial N 9/03 atento que como parte de sus funciones corresponde al Grupo de Trabajo creado por ella la de analizar, evaluar y proponer las modificaciones totales o parciales a la legislación electoral para adecuarlas a las necesidades del sistema institucional en orden a asegurar principios de eficiencia, transparencia, participación y auditabilidad de los procesos electorales.
Que los integrantes que conforman y llevan adelante la tarea encomendada han realizado avances importantes en la materia lo que hace ineludible proyectar el presente acto.
Que la presente medida se dicta por aplicación del artículo 3 de la Resolución Ministerial N 9 del 6 de junio del corriente año.

EL MINISTRO
DEL INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1 Prorrógase, por el término de NOVENTA 90 días hábiles, a partir del dictado de la presente el plazo para que el Grupo de Trabajo creado por el artículo 1, de la Resolución Ministerial N 9 del 6 de junio de 2003, confeccione el proyecto de PLAN ESTRATEGICO DE INCORPORACION DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS AL PROCESO ELECTORAL.
Art. 2 Facúltese al señor Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL a dictar las normas necesarias para llevar adelante el proyecto mencionado precedentemente.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución 272/2003
Modifícase el Reglamento de la Escuela Judicial, aprobado por Resolución N 237/2001.
En Buenos Aires, a los 24 días del mes de septiembre del año dos mil tres, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, con la Presidencia del Dr. Eduardo D. E. Orio, los señores consejeros presentes, CONSIDERANDO:
1 Que en los artículos 17 y 18, inciso a, de la ley 24.937 t.o. por decreto 816/99 se establece que la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial, que está a cargo de un Administrador General, tiene entre otras funciones la de elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de este Poder del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Autarquía Judicial y en la Ley de Administración Financiera, y elevarlo a la consideración del Presidente del Consejo de la Magistratura.
2 Que en el artículo 7, inciso 3, de la citada ley se prevé que una de las atribuciones del Plenario del Consejo de la Magistratura es la de tomar conocimiento del anteproyecto de presupuesto anual del Poder Judicial que le remita su Presidente y realizar las observaciones que estime pertinentes para su consideración por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
3 Que en el artículo 18, inciso b, de la ley mencionada precedentemente se dispone
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
Pág.

Pág.
AER
ONA
VEGABILID
AD
AERONA
ONAVEGABILID
VEGABILIDAD
Disposición 81/2003-DNA
Modifícase el Reglamento de Aeronavegabilidad de la República Argentina, en la Parte 135, Sección 135.153, Sistema de Advertencia de la Proximidad del Terreno.

7

PESCA
Resolución 7/2003-CTMFM
Veda precautoria de primavera para la especie merluza. Puntos geográficos.

3

PR
OCESOS ELECT
ORALES
PROCESOS
ELECTORALES
Resolución 218/2003-MI
Prorrógase el plazo establecido por la Resolución N 9/2003 para la confección del proyecto de Plan Estratégico de Incorporación de las Nuevas Tecnologías al Proceso Electoral.

1

REGIMEN DE IMPOR
IMPORTTACION
DE BIENES INTEGRANTES DE LINEAS DE
PR
ODUCCION USAD
AS
PRODUCCION
USADAS
Resolución 91/2003-SICPME
Inclúyese en el beneficio establecido por la Resolución N 511/2000 del ex Ministerio de Economía y su modificatoria N
8/2001 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma Dana Argentina S.A., consistente en la ampliación de su planta destinada a la instalación de una línea para la fabricación de aros de pistón y camisas de cilindro para el área automotriz.

4

7

Disposición 82/2003-DNA
Modifícase el Reglamento de Aeronavegabilidad de la República Argentina, en la Parte 121, Sección 121.360, Sistema de Advertencia de la Proximidad del Terreno.

7

COMERCIO EXTERIOR
Resolución 95/2003-SICPME
Determínase que una determinada mercadería no cumple con el Régimen de Origen MERCOSUR.

2

COMISION ARBITRAL
CONVENIO MUL
TILA
TERAL
MULTILA
TILATERAL
DEL 18.8.77
Resolución General 90/2003-CACM
Período fiscal 2004. Establécense las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral.

4

Resolución General 91/2003-CACM
Contribuyentes que inicien actividades asumiendo desde dicho Inicio la condición de contribuyentes del Convenio Multilateral-Régimen General.

2

CONSEJO DE LA MA
GISTRA
TURA
MAGISTRA
GISTRATURA
Resolución 272/2003-CM
Modifícase el Reglamento de la Escuela Judicial, aprobado por Resolución N 237/2001.

MICR
O, PEQ
UEÑAS Y MEDIANAS
MICRO
PEQUEÑAS
EMPRESAS
Disposición 11/2003-SSPMEDR
Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Adjudicación de cupos de créditos.

1

Resolución 92/2003 -SICPME
Inclúyese en el beneficio establecido por la Resolución N 511/2000 del ex Ministerio de Economía y su modificatoria N
8/2001, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la Continúa en página 2

que otra de las funciones de la oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial es la de ejecutar su presupuesto anual.

a su Consejo Académico la estructura administrativa y el presupuesto necesario para su funcionamiento, y elevarlo a la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial.

4 Que en los artículos 3, inciso b, y 4, inciso b, del Reglamento de la Escuela Judicial aprobado por resolución 237/01
se establece que entre las atribuciones del Plenario se encuentra la de aprobar la estructura administrativa necesaria para el funcionamiento de la Escuela Judicial, a propuesta de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial.

6 Que en los artículos 8, inciso b, y 11, inciso b, del Reglamento mencionado se dispone que corresponde al Director Académico y al Secretario Académico de la Escuela Judicial administrar en forma conjunta los recursos presupuestarios asignados a ella, bajo la supervisión de la Comisión de Administración y Financiera.

5 Que en los artículos 8, inciso g, y 16, inciso c, del Reglamento citado se prevé que una de las funciones del Director Académico de la Escuela Judicial es la de proponer
7 Que resulta conveniente uniformar los procedimientos y atribuciones previstos en la normativa citada.

DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas
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e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 25/09/2003 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data25/09/2003

Conteggio pagine12

Numero di edizioni9373

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione21/06/2024

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