Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 4

BOLETÍN OFICIAL

la Sub-Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de RIO MAYO no ha dado respuesta a lo solicitado mediante Nota N130/20F.3.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18º inc c, según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables: Intendente: Alejandro Andrés AVENDAÑO; y Secretaria de Hacienda: Sra. Liliana FRI, de la contestación de la Nota N130/20F.3
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de RIO MAYO: Intendente: Alejandro Andrés AVENDAÑO; y Secretaria de Hacienda: Sra. Liliana FRI, a dar respuesta a lo solicitado mediante Nota N130/
20F.3 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda Segundo: Regístrese y notifíquese hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dr. Martin MEZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Dra. Liliana UNDERWOOD
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Ante Mi: Dra. Irma BAEZA MORALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL Nº 72 /21.Rawson, Chubut 28 de mayo de 2021
VISTO: El Expediente Nº 38.689, año 2019, caratulado: SUBSECRETARÍA DE BOSQUES E INCENDIOS S/RENDICIÓN DE CUENTAS SAF 68 FF 111, 352, 503 EJERCICIO 2019 y;
CONSIDERANDO: Que mediante el presente Expediente tramita el juicio de cuentas correspondiente al Ejercicio 2019 de la Subsecretaría de Bosques e Incendios, en los términos del art. 33º y siguientes de la Ley V Nº 71, el Acuerdo Nº 408/00 TC y el Acuerdo Nº 220/
98 TC.
Que mediante Nota Nº 62/20 F7 fs. 78/79 se ha informado al organismo auditado las observaciones que surgen de la auditoría realizada sobre el Ejercicio 2019.
Que mediante Nota Nº 63/20 F7, fs.80 y Nota Nº 12/21 F7, fs. 87 se solicita al organismo el envío de expedientes varios para su auditoría Que previo a efectivizar el apercibimiento, se expide el Contador Fiscal del área mediante Dictamen Nº
Martes 20 de Julio de 2021

134/20 CF, fs. 116 solicitando a la Fiscalía Nº 7 un Informe circunstanciado del cumplimiento de los responsables para con las obligaciones formales y materiales con este Organismo, en el marco del Juicio de Cuentas.
Que a fs. 122 luce agregado el Informe Nº 29/21
producido por la Fiscalía Nº 7 dando cuenta que a la fecha se ha recepcionado respuesta parcial a lo solicitado mediante Nota Nº 62/20 F7, quedando pendiente de contestación los puntos 1, 6, 7 y 8. Asimismo, se encuentra pendiente de cumplimentar lo solicitado mediante Notas Nº 63/20 F7 y Nº 12/21 F7.
Que según lo informado por la Fiscalía Nº 7, el total cuantificable de la Nota Nº 62/20 es de $ 165.676,40; el monto total de la Nota Nº 63/20 es de $ 2.598.578,30 y el monto total de la Nota Nº 12/21 es de $ 5.385.892,77.
Que resultan responsables la Directora de Administración y Finanzas Sra. Mariana CARBALLO y el Tesorero Sr. Fabián GUERRA.
Que en tal estado y de manera excepcional, se procede a conminar la contestación de las Notas citadas, bajo apercibimiento de proceder conforme lo dispuesto por el art. 401 de la Ley V Nº 71 dictará fallo definitivo, aprobando la cuenta, declarando libre de cargo, o bien, determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza con los alcances que en tal virtud se declaren a favor del Fisco.
Que cumplido el plazo establecido, y ante la ausencia de contestación a lo solicitado mediante las citadas Notas, se procederá a formular cargo por los montos detallados ut supra.
Por todo ello, el Tribunal de Cuentas RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Subsecretaría de Bosques e Incendios, Directora de Administración y Finanzas Sra. Mariana CARBALLO y Tesorero Sr. Fabián GUERRA a dar respuesta lo solicitado mediante Nota Nº 62/20 F7, Nº 63/20 F7 y a los puntos 1, 6, 7 y 8 de la Nota Nº 12/21 F7, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija.
Segundo: vencido el término otorgado en el artículo primero, y sin haber cumplido con lo requerido, se procederá a la formulación del cargo por la suma de $
8.150.147,47, según surge del Informe Nº 29/21 F7, y/
o el monto actualizable que se calculará acorde a las actuaciones, ello de conformidad con el art. 40 de la Ley V Nº 71, más intereses de Ley.
Tercero: Regístrese, notifíquese, hágase saber a la Fiscalía Nº 7 y cúmplase.
Pte. Dr. Martin MEZA
Voc. Cr. Sergio CAMIÑA
Voc. Cr. Antonio CIMADEVILLA
Voc. Dra. Liliana UNDERWOOD
Voc. Dr. Tomás Antonio MAZA
Ante Mi: Dra. Irma BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 73/21.Rawson Chubut, 28 de mayo del 2021
VISTO: El Expediente Nº 37.889, año 2018,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/7/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data20/07/2021

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4340

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione06/06/2024

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