Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 127
CORDOBA, R.A. VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativa N 79
Córdoba, 23 de Junio de 2021.VISTO: el Artículo 14 de la Ley Nº 10.454 B.O. 30-05-2007, el Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021- Decreto N 290/2021 B.O.
29/04/2021 y la Resolución Normativa Nº 1/2017 B.O. 24-07-2017 y sus modificatorias;
Y CONSIDERANDO:
QUE conforme lo establece el artículo mencionado la Dirección General de Catastro a los fines tributarios y de información territorial, puede incorporar de oficio o a pedido de los interesados, unidades tributarias en aquellas parcelas que presenten fraccionamientos que no han cumplido las normas vigentes para la subdivisión o loteos, según corresponda, siempre que se pueda generar el registro alfanumérico y cartográfico de las unidades.
QUE atento a las solicitudes de los contribuyentes -poseedores a título de dueño-, de efectuar el pago del Impuesto Inmobiliario a su nombre tanto para las unidades tributarias como para cuando hay transferencias a título privado, resulta necesario implementar un mecanismo de registro de dichos poseedores a través de la información que desarrollistas de proyectos inmobiliarios y urbanísticos y corredores inmobiliarios de la Provincia de Córdoba -asociados a la cámara que los aglutinanproporcionen, en virtud de las operaciones en las cuales intervienen.
QUE consecuentemente es preciso incorporar en la web de la Dirección General de Rentas, a través del perfil de los corredores y/o desarrollistas habilitados, la opción del trámite de Actualización por el cual éstos deberán ingresar la información y adjuntar los archivos correspondientes. Asimismo en dicho perfil los desarrollistas podrán solicitar la creación de las unidades tributarias para loteos o edificios, conforme el Artículo 14 de la Ley Provincial de Catastro Nº 10.454

QUE por todo lo mencionado resulta necesario modificar la Resolución Normativa N 1/2017 y sus modificatorias, reglamentando el procedimiento y aprobando el anexo con el modelo de información a acompañar.

QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR TODO ELLO, atento las funciones y facultades acordadas por los Artículos 19, 21 y 22 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O.
2021- y el principio de simplificación tributaria dispuesto en el inciso g del Artículo 16 del mencionado Código;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
RESUELVE:

Boletín Oficial de fecha 24-07-2017-, el siguiente capítulo con su título y artículos que se transcriben a continuación:
CAPITULO 4: CORREDORES Y DESARROLLISTAS
Articulo 254 1.- Los asociados a la Cámara de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba deberán ingresar -a través de la página web de la Dirección de Rentas y con clavelas transferencias de inmuebles efectuadas a título privado, en las cuales han tenido intervención y adjuntar la información conforme el modelo de archivo en formato Excel previsto en el Anexo VIII 1 de la presente resolución.
Articulo 254 2.- Los desarrollistas de proyectos inmobiliarios y urbanísticos deberán ingresar -a través de la página web de la Dirección de Rentas y con clave - las adjudicaciones de inmuebles efectuadas -aún no escrituradas en los desarrollos concluidosy adjuntar la información conforme el modelo de archivo en formato Excel previsto en el Anexo VIII 1 de la presente resolución..
Articulo 254 3.- Los desarrollistas en caso de solicitar la creación de unidades tributarias para loteos o edificios conforme el Artículo 14 de la Ley Provincial de Catastro Nº 10.454, deberán ingresar con clave a la página web de Rentas Córdoba comunicando dicha situación y adjuntar:
1 Información relacionada a dichas unidades conforme el modelo de archivo en formato Excel previsto en el Anexo VIII 1 de la presente resolución 2- Archivo en formato vectorial CAD del desarrollo, donde estén todas las parcelas y espacios verdes 3- Coordenadas de todos los vértices de las parcelas del desarrollo en extensión xml 4- Plano del desarrollo en extensión PDF visado por la municipalidad respectiva.
ARTICULO 2.- APROBAR E INCORPORAR el ANEXO VIII 1 MODELO DE INFORMACIÓN A APORTAR POR PARTE DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS Y DESARROLLISTAS DE PROYECTOS
INMOBILIARIOS Y URBANÍSTICOS ART. 254 1, 2 Y 3 R.N.1/2017, a continuación del ANEXO VIII de la Resolución Normativa Nº 1/2017 y sus modificatorias, que se adjunta a la presente.

ARTICULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Ofi-

cial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, MINISTERIO

ARTÍCULO 1.- INCORPORAR, a continuación del Artículo 254 de la Resolución Normativa Nº 1/2017 y sus modificatorias -publicada en el
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DE FINANZAS
ANEXO

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2021 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data25/06/2021

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4152

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/05/2024

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