Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 127
CORDOBA, R.A. VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
LA MINISTRA DE COORDINACIÓN
RESUELVE

Artículo 1º DELÉGASE en el Ministerio de Servicios Públicos el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 10.721, dispuesta por Decreto Nº 918/2020 a favor del Ministerio de Coordinación, en los términos dis-

puestos en los Considerandos del presente instrumento legal.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: SILVINA RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N 368
Córdoba, 22 junio de 2021
VISTO: Los Decretos Nros. 461/2021, 468/2021, 546/2021 y 599/2021 del Poder Ejecutivo Provincial, las Resoluciones Nros. 288/2021, 290/2021, 292/2021, 294/2021, 308/2021 y 358/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación y la solicitud efectuada por la Fiscalía de Estado.
Y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 461/2021 dispuso receso administrativo desde el 22
de mayo hasta el 30 de mayo de 2021, inclusive, en el ámbito de la Administración Pública Provincial no financiera, centralizada y descentralizada, estableciendo que las oficinas afectadas permanezcan cerradas y sin atención al público durante el período citado, con las excepciones previstas en el mismo instrumento legal.
Que también declaró inhábiles a los fines del procedimiento administrativo los días mencionados, excluyendo a diversas áreas del receso ordenado.
Que mediante Resolución Nº 288/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, se aprobó el instructivo correspondiente al receso en cuestión.

Que a través de la Resolución Nº 290/2021 se exceptuó de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 461/2021 a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Que el Decreto Nº 468/2021 prorrogó el receso administrativo dispuesto por Decreto Nº 461/2021, hasta el día 11 de junio de 2021, en los mismos términos a los vigentes.
Que mediante Resolución Nº 292/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, se estableció la prórroga de las disposiciones de las Resoluciones Nº 288/2021 y 290/2021 citadas, hasta la misma fecha.

Que a través de la Resolución Nº 294/2021 se exceptuó de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 461/2021 - prorrogado por Decreto Nº 468/2021 -, al Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar y a los organismos que conforman la Secretaría de Registros Públicos del Ministerio de Finanzas.
Que mediante el mismo instrumento, se ordenó exceptuar de lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto Nº 461/2021 - prorrogado por Decreto Nº 468/2021 -, en lo relativo a la declaración de días inhábiles durante el período de receso administrativo, a aquellas actuaciones administrativas vinculadas a contrataciones que se sustancien dentro del marco de la Ley N 10155 - Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial -, y de la Ley Nº 8614 - Régimen de Obras Públicas -, destinadas a atender prestaciones básicas y garantizar el normal ejercicio de
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aquellas funciones que resulten esenciales y de improrrogable ejecución para las distintas Jurisdicciones del Sector Público Provincial no Financiero a juicio del Titular de cada Jurisdicción en el ámbito de su competencia.

Que el Decreto Nº 546/2021 extendió el receso administrativo dispuesto por Decreto N 461/2021 y prorrogado por su similar N 468/2021, hasta el 18 de junio de 2021, inclusive, en los mismos términos a los vigentes.
Que mediante Resolución Nº 308/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, se estableció la prórroga de las disposiciones de las Resoluciones Nº 288/2021, 290/2021, 292/2021 y 294/2021 hasta la misma fecha.

Que el Decreto Nº 599/2021 extiende el receso administrativo dispuesto por Decreto N 461/2021 y prorrogado por sus similares Nros. 468/2021
y 546/2021, hasta el 2 de julio de 2021, inclusive, en los mismos términos a los vigentes.
Que mediante Resolución Nº 358/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, se estableció la prórroga de las disposiciones de las Resoluciones Nº 288/2021, 290/2021, 292/2021, 294/2021 y 308/2021 hasta la misma fecha.

Que la Fiscalía de Estado solicita se excluya a la Procuración del Tesoro del receso dispuesto por el Decreto Nº 461/2021 - prorrogado sucesivamente por Decretos Nros. 468/2021, 546/2021 y 599/2021 -, así como de la declaración de días inhábiles a los fines del procedimiento administrativo para los trámites relativos a dicha dependencia y vinculados a cuestiones jurisdiccionales ante los Tribunales Provinciales, Federales o cualquier otro en que la Provincia sea parte o tenga interés, en razón de que los plazos judiciales se encuentran habilitados, resultando pertinente en consecuencia disponer lo peticionado.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la Gobernación por el Decreto Nº 461/2021 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1.- EXCEPTÚASE de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 461/2021 - prorrogado por Decretos Nros. 468/2021, 546/2021
y 599/2021 -, a la Procuración del Tesoro dependiente de la Fiscalía de Estado, en los términos expuestos en los considerandos anteriores.

Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-

letín Oficial y archívese.
FDO.: JULIO COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2021 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data25/06/2021

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4152

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/05/2024

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