Boletín Oficial de Navarra del 2/5/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 2 de mayo de 2019

Número 84 - Página 5449

a Si el cociente resultante es igual o inferior a 1, el porcentaje a aplicar será el 100% del gasto del tratamiento.
b Si el cociente es superior a 1 e igual o inferior a 2, el porcentaje a aplicar será el resultado de multiplicar la cuantía de Renta Garantizada correspondiente al número de miembros de la Unidad Familiar solicitante por 100 y dividir el resultado entre los ingresos de esa unidad familiar.
c Si el cociente es superior a 2 se procederá a la denegación de la ayuda.
TRAMOS COEFICIENTE

AYUDA

1

100%

Entre 1 y 2

RG CORRESPONDIENTE x 100

12.Normativa reguladora.
La presente Convocatoria se regirá por las bases recogidas en este documento y supletoriamente en lo no previsto, se ajustará a la siguiente normativa:
Ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, den21 de julio, R.D 87/2006 Reglamento.
ANEXO I
Solicitud de ayuda para comunidad terapéutica PDF.

INGRESOS ECONÓMICOS
Más de 2

DENEGACIÓN

8.Plazo de resolución y de notificación.
La solicitud se resolverá por resolución de la persona que ostente la presidencia de la Mancomunidad.
El plazo máximo para resolver y notificar las subvenciones será de tres meses. El plazo se computará a partir de la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la mancomunidad para su tramitación.
Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora de Subvenciones.
La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a los solicitantes de conformidad con lo previsto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resolución.
9.Modo de pago.
El importe de las ayudas concedidas se abonará mensualmente previa aportación de la factura por la entidad.
La concesión de la ayuda se revisará al año de la concesión o cuando se cumpla el plazo máximo de subvención:
Concedida la ayuda se dará por aceptada si no hay renuncia expresa a la misma, de lo contrario se entenderá que se acepta la cuantía concedida y la persona solicitante se comprometerá a desarrollar el tratamiento indicado desde salud metal.
10.Incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta convo catoria.
La Mancomunidad podrá anular la subvención concedida y solicitar la devolución de la cantidad percibida inicialmente, así como solicitar la devolución:
Pérdida de alguna de las condiciones que dieron lugar a su concesión.
Modificación de las condiciones de acceso al programa.
Fallecimiento.
Si la persona necesitará un nuevo tratamiento residencial se volverá a valorar la situación.
Cualquier otro cambio que se considere motivo justificado para la pérdida de la condición de usuario.
11.Régimen de recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos administrativos de ejecución, que disponga la subvención podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
Recurso de Reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.
Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la notificación del acto que se recurra.
Recurso ContenciosoAdministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación del acto que se recurra.

L1903903

JUNTA GENERAL DEL VALLE DE RONCAL
Aprobación definitiva de modificación presupuestaria La Junta General del Valle de Roncal, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2019 acordó aprobar inicialmente una modificación presupuestaria de crédito extraordinario al presupuesto de 2019, por importe de 9.734,45
euros a la nueva partida 1.4330.62300, que se financiará con cargo al remanente de tesorería.
Una vez transcurrido el plazo de exposición pública que se abrió mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Navarra, números 41, de 28 de febrero de 2019, sin haberse presentado reclamaciones, dicha modificación ha quedado definitivamente aprobada, de conformidad con lo previsto en el artículo 214.2, en relación con el 202.1, de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra y artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que la desarrolla en materia de presupuestos y gasto público. Lo que se publica en cumplimiento de lo previsto en el artículo 202.3 del citado cuerpo legal.
Roncal, 8 de abril de 2019.El Presidente, Tomás Pasquel Ayechu.
L1904939

JUNTA GENERAL DEL VALLE DE RONCAL
Aprobación inicial de modificación presupuestaria La Junta General del Valle de Roncal, en sesión celebrada el día 4 de abril de 2019 acordó aprobar inicialmente una modificación presupuestaria, al presupuesto de 2019, de suplemento de crédito por importe de 15.676,67
euros a la partida presupuestaria 1.4121.6090001 Infraestructuras y bienes destinados al uso general, que se financiará con cargo al remanente de tesorería.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10
de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuesto y gasto público, el expediente de referencia queda expuesto al público por espacio de quince días, a contar desde el siguiente al de publicación de esta anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinarlo y formular las reclamaciones que estimen pertinentes a efectos de su aprobación definitiva.
Roncal, 8 de abril de 2019.El Presidente, Tomás Pasquel Ayechu.
L1904940

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
VALLE DEL QUEILES
Aprobación inicial de modificación de la Plantilla Orgánica de 2019
La Junta directiva de la Mancomunidad de Servicios Sociales Valle del Queiles, en sesión de 14 de marzo de 2019, aprobó inicialmente la modificación de la Plantilla Orgánica del año 2019.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 271, en relación con el artículo 235, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la plantilla aprobada se expondrá en la Secretaría de la Mancomunidad durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Cascante, 18 de marzo de 2019.El Presidente, Carlos Méndez Cano.
L1904956

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Navarra del 2/5/2019

TitoloBoletín Oficial de Navarra

PaeseSpagna

Data02/05/2019

Conteggio pagine56

Numero di edizioni4840

Prima edizione02/03/2001

Ultima edizione18/06/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Mayo 2019>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031