Boletín Oficial de Navarra del 2/5/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 5448 - Número 84

Jueves, 2 de mayo de 2019

Navarra, según lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Lo que se publica para general conocimiento.
Zizur Mayor, 8 de abril de 2019.El Alcalde, Jon Gondán Cabrera.

L1904955

ZIZUR MAYOR
Extracto de convocatoria de subvenciones para el uso del euskera en la rotulación de establecimientos comerciales de Zizur Mayor Aprobado por Acuerdo de 19 de febrero de 2019 de la Junta.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/
bdnstrans/index: BDNS Identificación: 449044.
Primero.Personas beneficiarias.
Podrán solicitar todos y todas las comerciantes de Zizur Mayor que utilicen el euskera en la rotulación de su establecimiento rotulación en fachadas, escaparates, toldos y vehículos comerciales.
Segundo.Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es ayudar a las y los comerciantes de Zizur Mayor en los gastos de las nuevas rotulaciones, cuando el establecimiento utilice el euskera en la nueva rotulación.
Tercero.Bases Reguladoras.
Podrán obtenerse en el Servicio de Cultura y Euskera del Ayuntamiento de Zizur Mayor, en la página web: www.zizurmayor.es y en el blog: www.
zizurmayorcultura.es.
Cuarto.Cuantía.
Según los presupuestos del Patronato para el año 2019, las cantidades a adjudicar en esta convocatoria son de un máximo de 1.500 euros.
Quinto.Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2019.
Zizur Mayor/Zizur Nagusia, 4 de abril de 2019.La Presidenta del Patronato Municipal de Cultura, M. Pilar Toral Urquizu.
L1905011

MANCOMUNIDAD DEPORTIVA EBRO
Aprobación inicial de Presupuesto y Plantilla Orgánica de 2019
La Asamblea de la Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2019, aprobó inicialmente el Presupuesto General Único, sus Bases de Ejecución y la Plantilla Orgánica para el año 2019.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el Presupuesto y la Plantilla Orgánica aprobados se expondrán en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Castejón, 8 de abril de 2019.El Presidente, Enrique Suárez Fernández.

L1904946

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE LOS AYUNTAMIENTOS
DE HUARTE Y VALLE DE ESTERIBAR
Aprobación definitiva de la Ordenanza de ayudas individuales dirigidas a personas en comunidad terapéutica La Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de los Ayuntamientos de Huarte y de Esteribar, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2017 adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de la Ayuda a Domicilio. Dicho anuncio fue publicado en el boletín oficial de Navarra número 30 de 12 de febrero de 2018.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se considera aprobada definitivamente, procediendo a la publicación del texto integro de la misma, en orden a su eficacia jurídica.
Huarte, 30 de marzo de 2019.La Presidenta, Ana Labiano Ascunce.
ORDENANZA DE AYUDAS INDIVIDUALES DIRIGIDAS A PERSONAS
EN COMUNIDAD TERAPÉUTICA
1.Fundamentación.
La normativa que reconoce el derecho a las ayudas para estancias de comunidad terapéutica a las personas que cumplen los requisitos previos.

La Ley Foral 192/1990, de 31 de julio, por el que se regula la concesión de ayudas a drogodependientes para tratamiento en comunidad terapéutica.
El Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general, en el se recoge la ayuda económica destinada a cubrir gastos de comunidad terapéutica.
2.Objeto, finalidad y definición.
El objeto de la presente convocatoria es la regulación por parte de la mancomunidad, de las ayudas individuales, destinadas a personas en tratamiento de comunidad terapéutica.
La finalidad de estas ayudas es complementar las ayudas que el Departamento de Salud da a personas en tratamiento terapéutico, en las entidades homologadas con este fin.
3.Personas beneficiarias.
Son personas que están recibiendo tratamiento en comunidad terapéutica, a demás de:
Estar empadronada y con la residencia efectiva en la localidad mientras se perciba la ayuda en los municipios integrantes en la Mancomunidad de Servicios.
Justificante de salud mental para su derivación a comunidad terapéutica.
No superar el de límite de ingresos, hasta dos veces la Renta Garantizada que le corresponde según miembros de la unidad familiar.
4.Presentación de solicitudes y documentación a presentar.
La documentación, a presentar será la siguiente:
Informe de salud mental para su derivación.
ADICCIÓN

PLAZO

Alcohol
24 meses
Sustancias tóxicas
18 meses
Al juego
18 meses
Al móvil/ordenador
6 meses
Situación económica actual de la unidad familiar: Ingresos últimos 6
meses anteriores a la fecha de solicitud si procede certificado del SEPE
de percibir prestación o resolución de concesión de Renta Garantizada, si trabaja por cuenta ajena: 6 últimas nóminas y si es por cuenta propia:
Rendimientos netos por actividades empresariales y profesionales.
Certificado de la comunidad terapéutica: coste, tratamiento y plazo de tratamiento.
5.Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de Ayuntamiento de Huarte y Valle Esteribar.
La solicitud implicará la autorización a Mancomunidad de Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Huarte y Valle Esteribar para que realice las actuaciones de comprobación que resulten procedentes, a los efectos de verificar la información facilitada por las personas solicitantes, la concurrencia de los requisitos exigidos y el cumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria derivadas de la concesión.
Si faltará alguno de los documentos requeridos en la convocatoria, se requerirá a la persona solicitante que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 73.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.Valoración.
El informe de valoración se hará de manera individual por la trabajadora social de referencia y con el visto bueno de la persona que ostente la presidencia.
7.Cuantía de las ayudas.
El importe máximo de la ayuda a conceder, será el resultado de la aplicación de un determinado porcentaje sobre la cuantía máxima subvencionable del concepto solicitado.
Para la obtención de dicho porcentaje se atenderá al cociente entre los recursos económicos de la persona solicitante y de los miembros de la Unidad Familiar, y la cuantía de la Renta Garantizada que pudiera corresponderle en función de la composición de dicha Unidad Familiar. A estos efectos y con carácter general se establecen los siguientes tramos:
Coeficiente =

Recurso eco. unid. familiar RG correspondiente

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Boletín Oficial de Navarra del 2/5/2019

TitoloBoletín Oficial de Navarra

PaeseSpagna

Data02/05/2019

Conteggio pagine56

Numero di edizioni4841

Prima edizione02/03/2001

Ultima edizione19/06/2024

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