Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 04/05/2016
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. NADIA GARCIA AMUD
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
RESISTENCIA, MIÉRCOLES 04 DE MAYO DE 2016
EDICTOS
EDICTO.- La Dra. María Laura Praxedis Zovak, Jueza de primera instancia en lo civil y comercial Nº 2, en autos:
Rodríguez, Mabel Araceli y otro s/Cancelación de Plazo Fijo, 363/15. Resuelve: 1 Ordenar la cancelación del certificado de Plazo Fijo Nominativo Transferible N 00715943 emitido bajo orden indistinta por el Nuevo Banco del Chaco S.A., sucursal Sáenz Peña, cuyo titulares son, Juana María NICOLAU, D.N.I. N 6.610.591, y Mabel Araceli RODRIGEZ, D.N.I. N 12.331.070. Publíquense edictos por el término de 15 días en un diario local de mayor circulación y en el Boletín Oficial, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley 5.965/63, ratificado por ley 16.476, haciendo saber que los que así lo consideraren deberán hacer valer sus derechos mediante el trámite de oposición en el término de sesenta días, contados a partir de la ultima publicación. 11 de marzo de 2016.
Dra. Norma Cristina Avalos Abogada/Secretaria R.Nº 162.935
E:13/4 V:16/5/16
><
EDICTO.- El señor Fiscal de Investigación, Dr. Gustavo Valero, Fiscalía de Investigación N 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, Secretaría a cargo, Dra. Andrea Andrijasevich, hace saber a Leandro ACEVEDO a Leo, argentino, soltero, D.N.I.
N: no recuerda; carpintero, que siempre residió en calle Urquiza N 123 del Barrio San Cayetano, nacido en Quitilipi el día 23/05/1988, hijo de Juan Alberto Acevedo y de Margarita Mabel Ruíz Díaz; que en estos autos caratulados:
Alvarenga, Rubén Ramón; Acevedo, Leandro s/Hurto calificado, Expte. N 8.695/14-2, se ha dictada la siguiente resolución: Pcia. R. S. Peña, 29 de marzo de 2016
trábese embargo sobre los bienes de Brain Arias hasta cubrir la suma de pesos un cinco mil $ 5.000 para cada uno, a efectos de garantizar la pena pecunaria y las costas en la presente causa que se le sigue por el delito de Robo agravado por la concurrencia de un menor art. 164 en función del 41 quater del C.P., diligencia que deberá ser realizada por la Fiscalía de Investigación actuante Not. Fdo.: Dra. Mariana Inés Benítez, Juez de Garantía Suplente; Dra. Daniela Petroff, Sec. Sub.. Pcia. Roque Sáenz Peña, 18 de abril de 2016.
Atento a lo informado a fs notifiquese a Leandro Acevedo por medio de edicto, de conformidad a lo dispuesto en el art.
170 del C.P.P., a fin de dar cumplimiento a la traba de embargo establecida en el art . 501 del C.P.P. Líbrese oficio al Boletín Oficial. Not. Fdo.: Dr. Gustavo Rafael Valero, Fiscal; Secretaria, Dra. Andrea Andrijasevich, cita y emplaza por el término de 5 días, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde. Pcia.
R. S. Peña, 18 de abril de 2016.
Dra. Andrea Andrijasevich, Secretaria s/c E:25/4 V:4/5/16
><
EDICTO.- Dr. Mauricio Fabián Rouvier, Juez Sala Unipersonal, de la Cámara Primera en lo Criminal de la
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 9.931
Segunda Circunscripción Judicial del Chaco, en los caratulados: Icasuriaga, Javier Fernando s/Estafa, Expte. N 64/09, que se tramitan por ante la secretaría N
1, hace saber por cinco días, a fin de lo dispuesto por el art. 139 del C.P.P., que en los presentes se dictó sentencia por extinción de la acción, en favor de Javier Fernando ICASURIAGA, D.N.I. N 29.097.993, nac ido en Sunchales Santa Fe, domiciliado en calle Roca N 751
Sunchales Santa Fe, hijo de Omar Tomás Icasuriaga y de Beatriz del Pilar Gallo; cuya parte pertinente dice: Sentencia N 25. En la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña, Provincia del Chaco, a los seis 6 días del mes de abril del año dos mil dieciséis Resuelve: I Declarar extinguida por prescripción la acción penal emergente del delito de Estafa art. 172 del Código Penal que pudo corresponder en la presente causa, sobreseyendo total y definitivamente a Javier Fernando Icasuriaga, D.N.I. N
29.097.993, de circunstancias personales obrantes en autos, por aplicación de los arts. 59 inc. 3, 62 inc. 2 del Código Penal, y arts. 318 inc. 4 y 345 del C. de Proc.
Penal, convirtiéndose en definitiva la libertad oportunamente concedida al mismo. II Dejar sin efecto la declaración de rebeldía fs. 167/168 y la orden de detención que pesa sobre el mismo cuya inserción en la orden del día policial fuera requerida con nota N 090/2012 del 04/11/
2012 por la Comisaría Tercera de la localidad de Sunchales, Santa Fe. III Notificar por edicto a Javier Fernando Icasuriaga de la presente sentencia, el que se publicará en el Boletín Oficial por el término de cinco días. IV Protocolícese, regístrese, notifíquese y líbrense las comunicaciones pertinentes. Oportunamente, archívese Fdo.:
Dr. Mauricio Fabián Rouvier, Juez Sala unipersonal; Dra.
Marcela Nanci Janiewicz, Secretaria. Presidencia Roque Sáenz peña, 14 de abril de 2016.
Dra. Marcela Nanci Janiewicz, Secretaria s/c E:25/4 V:4/5/16
><
EDICTO.- En los autos caratulados: Kañesky, Carlos Humberto c/Consorcio Edificio Juan Pablo II y/o quien resulte responsable s/Despido, etc., Expte.
N 881/12, la Dra. Ana María O. Fernández, Juez del Juzgado del Trabajo de la Primera Nominación de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia del Chaco, Secretaria autorizante, dispone: Cítese por edictos al demandado CONSORCIO EDIFICIO JUAN PABLO II, los que se publicarán por el término de tres 3 días en el Boletín Oficial y Radio Nacional Resistencia, para que en el término de diez 10 días a partir de la última publicación, comparezca a juicio, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designar defensor oficial de ausentes para que lo represente; debiendo la parte interesada aportar el respectivo proyecto en el cual se transcribirá el art. 84 de la Ley 7434. Secretaría, 15 de diciembre de 2015.
Dra. M aría Silvia M erola Secretaria s/c E:29/4 V:4/5/16