Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 31/08/2007
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
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Franqueo a pagar SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
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Registro de la Cuenta N 17.100
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DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Propiedad Intelectual 123456789012345678901234567890121234567890123456789012345
Tarifa Res. N 408
CASA DE GOBIERNO
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948.707
S.C. G.
Director: Dr. ANTONIO LUIS MARTÍNEZ
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Correo Privado
Boletín Oficial
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.ecomchaco.com.ar/BoletinOficial - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 03722 453520 - CTX 53520
AÑO LIV
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
RESISTENCIA, VIERNES 31 DE AGOSTO DE 2007
LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 5.969
ARTÍCULO 1: Modifícase el artículo 9 de la ley 5.866
modificatoria de la ley 968 Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia , el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 9: Las modificaciones previstas a la ley 968 y sus modificatorias Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, regirán a partir de los noventa 90 días de su promulgación, salvo las referidas a los artículos 137 y 138, las que comenzarán a regir a los 210 días de su promulgación.
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil siete.
Horacio Walter Acevedo Carlos Urlich Secretario Presidente DECRETO Nº 1.500
Resistencia, 31 julio 2007.
VISTO:
La Sanción Legislativa N 5.969; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones Constitucionales, las emanadas de la Ley N 4647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
ARTÍCULO 1: PROMULGASE y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la Sanción Legislativa N 5.969, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2: COMUNÍQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Nikisch / Matkovich s/c.
E:31/8/07
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN N 24/07 Acuerdo Plenario EXPTE. N 401161105-20.063-E
Modifica el Artículo 1 de la Resolución T.C. Sala I N 72/
06, liberando de responsabilidad a la Cra. Carmen Marga-
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 8.659
rita Virili de Traversi, por la suma de Ochocientos treinta y siete pesos con 90/100 $ 837,90.
Procede al archivo de las presentes actuaciones.
RESOLUCIÓN N 29/07 Acuerdo Plenario EXPTE. N 401150498-13.160-E
Modifica el Artículo 1 de la Resolución T.C. Sala I N 36/
03, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Declarar responsable al Sr. Luis A. Mielniczuk, Presidente del Consorcio Caminero N 30 de Napenay, por los hechos objeto de la presente causa, señalados en el Considerando 1 - Apartados a y b, condenándolo al resarcimiento patrimonial de la suma de Novecientos dieciocho pesos $ 918,-".
Ratifica el Artículo 2 de la Resolución T.C. - Sala I N 36/
03, formulando observación con alcance de Reparo y aplicación de una multa de Doscientos pesos $ 200,-, conforme a lo previsto por el Artículo 6 Apart.5 Inc. a Subinciso 4 de la Ley N 4159, al Presidente del Consorcio Caminero N 30 Napenay Sr. Luis A. Mielniczuk.
Hace saber al responsable que el monto de la condena y de la multa aplicada deberá hacerse efectivo en este Tribunal de Cuentas, en el plazo previsto por el Artículo 84 de la Ley N 4159, bajo apercibimiento de su ejecución judicial por conducto de la Fiscalía de Estado; para lo cual se le dará oportuna intervención conforme el Artículo 86 del mismo cuerpo legal.
RESOLUCIÓN N 26/07 Acuerdo Plenario EXPTE. N 401040703-18.138-E
Modifica el Artículo 1 de la Resolución T.C. Sala I N 29/
05, liberando de responsabilidad al C.P. Carlos Miguel Olivera y al Sr. Humberto Sandoval por los hechos objeto de la presente causa.
Dispone el archivo de las presentes actuaciones de conformidad a lo previsto en el Artículo 52 de la Ley N 4.159.
RESOLUCIÓN N 34/07 Sala II
EXPTE. N 402070307-21.324-E
Formula al Ing Oscar Domingo Peppo, al Cr. Nelson Binder, a la Sra. Silvia Miani y al Sr. Daniel Ramón González, Reparos.
Formula al Sr. Juan Filemón Roldán, Reparos.
Aplica al Ing Oscar Domingo Peppo, al Cr. Nelson Binder, a la Sra. Silvia Miani y al Sr. Daniel Ramón González, la multa prevista en el art. 6, ap. 5, inc. a, subinc. 4 de la Ley N 4159, por Seiscientos pesos $ 600,- para cada uno.
Aplica al Sr. Juan Filemón Roldán, la multa prevista en el art. 6, ap. 5, inc. a, subinc. 4 de la Ley N 4159, por Trescientos pesos $ 300,-.
Intima a los responsables al pago de las multas aplicadas, en el plazo establecido por el art. 84 de la Ley N 4159.
Vencido el mismo, quedarán constituidos en mora.
Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86 de la Ley N 4159, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento al artículo 5 de la presente.