Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/02/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

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DE LA PROVINCIA DEL CHACO
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DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES

EDICION 16 PAGINAS

TIRAJE: 650 EJEMPLARES

RESISTENCIA, MIERCOLES 28 DE FEBRERO DE 2001

LEYES
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY N 4860
ARTICULO 1: Adhiérese la Provincia del Chaco al Régimen General establecido por el Decreto 1299 del 29
de diciembre de 2000 del Poder Ejecutivo Nacional, estableciendo la eximición del impuesto provincial de sellos y de otros impuestos similares o sustitutivos a crearse para los contratistas y subcontratistas que intervengan en las obras derivadas del presente régimen, conforme lo establece el artículo 34 del decreto nacional mencionado precedentemente.
ARTICULO 2: Determínase que para las obras que necesiten la afectación parcial o total de recursos o fondos provinciales se requerirá el dictado de leyes específicas, las que establecerán la participación provincial y los derechos y obligaciones a asumirse para cada operatoria.
ARTICULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil uno.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Eduardo Aníbal Moro, Presidente DECRETO N 187
Resistencia, 23 febrero 2001
VISTO:
La Sanción Legislativa N 4860; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones Constitucionales, las emanadas de la Ley N 4647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E T A:
ARTICULO 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la Sanción Legislativa N 4860, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Rozas/Toledo s/c.
E:28/2/2001

DECRETOS
DECRETO Nº 108
Resistencia, 14 Febrero 2001
Visto y Considerando:
Que el Gobierno Nacional ha puesto en conocimiento del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco el texto del Decreto Nº 1299 de fecha 29 de diciembre del 2000 mediante el cual se dispone la creación de un Régimen Nacional para la Promoción de la Participación Privada en el Desarrollo de Infraestructura;

Registro de la Propiedad Intelectual
EDICION N 7.704

Que asimismo la comunicación cursada por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación solicita la adhesión legislativa de nuestra Provincia al citado Régimen, a fin de poner en marcha los mecanismos de la implementación del ordenamiento aludido;
Que en Anexo II del Decreto 1299/00 se establecen las obras a ejecutarse en este marco en nuestra Provincia cuya importancia y significación resultan incuestinables, tratándose de obras largamente demandadas por el Estado Provincial: Ruta Nacional Nº 95,84Km.; Ruta Nacional Nº 9,99 Km.; Bajo Submeridionales y otros;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
ARTICULO 1º: CONVOCASE a la Cámara de Diputados de la Provincia a Sesiones Extraordinarias para el día 23
de febrero del corriente año, según lo previsto por el artículo 112 de la Constitución Provincial, a fin de tratar el siguiente tema: Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo de adhesión de la Provincia del Chaco al Régimen Nacional para la Promoción de la Participación Privada en el Desarrollo de Infraestructura, establecido por el Decreto 1299 del 29 de diciembre del 2000 del Poder Ejecutivo Nacional, incluyendo la eximisión del impuesto de sellos y de otros impuestos similares o a crearse, en cuanto a los contratos y obras que se realicen en la jurisdicción provincial bajo dicho régimen.
ARTICULO 2º: COMUNIQUESE, dese al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dr. Angel Rozas Gobernador Provincia del Chaco s/c E: 28/02/01

DECRETOS SINTETIZADOS
31 - 11/01/2001
RENOVAR los Contratos de Locación de Servicios, del Personal Temporario de la Jurisdicción 6 - Ministerio de Salud Pública.
32 - 11/01/2001
RENOVAR los Contratos de Locación de Servicios, del Personal Temporario de la Jurisdicción 6 - Ministerio de Salud Pública, vigentes al 31 de Diciembre de 2000.
46 - 18/01/2001
A PARTIR de las 16:30 hs. del día de la fecha, reasume sus funciones el Señor Gobernador de la Provincia del Chaco, Dr. Angel Rozas.
47 - 19/01/2001
A PARTIR del 19 de enero del 2001, y mientras dure la ausencia de su titular, queda a cargo del Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo, el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Armando Luis VERDUN.
67 - 31/01/2001
PRORROGASE hasta el 30 de junio del 2001, la vigencia de la Emergencia social declarada por Decreto Nº 499/00.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 28/02/2001

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaeseArgentina

Data28/02/2001

Conteggio pagine17

Numero di edizioni3254

Prima edizione14/07/1999

Ultima edizione05/06/2026

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