Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 26
Martes, 9 de febrero de 2021
Página 50
CAPÍTULO VII
Formación Artículo 15. Tutorización profesional El personal contratado bajo este convenio tendrá derecho a la tutorización conforme a la normativa que regula la contratación de este tipo de programa, que deberá ser llevada a cabo por el personal propio de esta Administración, el cual, al margen de la propia e inherente facultad de formación, deberá realizar una labor de supervisión y comprobación de los conocimientos adquiridos, lo cual deberá de recogerse en un cuaderno de seguimiento, donde se detallarán, en su caso, las realizaciones profesionales incluidas en cualificaciones vigentes del Catálogo Nacional de Cualificaciones así como las competencias adquiridas con la práctica laboral.
Todo lo anterior sin perjuicio de las acciones de orientación a través del asesoramiento especializado por parte de profesionales de la orientación del Servicio Andaluz de Empleo artículo 1.4
del Real Decreto Ley Decreto-Ley 16/2020, de 16 de junio, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia de empleo, así como para la gestión y administración de las sedes administrativas ante la situación generada por el coronavirus COVID-19.
CAPÍTULO VI
Artículo 16. Comisión paritaria de vigilancia La comisión paritaria de vigilancia y seguimiento de este convenio, por las facultades reguladas por la normativa vigente estará constituida por los siguientes miembros, tres miembros de la administración local contratante y tres miembros de la parte sindical más representativa.
CAPÍTULO VII
Extinción de la relación laboral Artículo 17. Causas y efectos de la extinción En cuanto a la extinción del contrato de trabajo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y, en concreto, a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en sus artículos 49 a 56, ambos inclusive.
Disposición adicional primera En caso de duda o interpretación de alguno de los artículos indicados en el presente convenio se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores, el Decreto-Ley 16/2020, de 16 de junio, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia de empleo así como para la gestión y administración de las sedes administrativas ante la situación generada por el coronavirus COVID-19.
Disposición derogatoria Quedan derogados cuantos convenios, acuerdos o propuestas, aprobadas por esta Administración en el marco de las diversos programas anteriores de emple@ joven, empleo +30 y emplea +45, u otras de igual o inferior rango que se opongan al presente acuerdo.
En Vélez-Málaga, a 8 de octubre de 2020.
El Alcalde-Presidente, Antonio Moreno Ferrer.
950/2021
D
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Comisión paritaria de vigilancia