Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 9 de febrero de 2021

Página 49

Por la finalización de la realización de la obra o servicio objeto del contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización prevista en Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO IV

Derechos de representación colectiva y de reunión de los trabajadores de la empresa
Artículo 9. Participación Los empleados contratados mediante los distintos colectivos de la Iniciativa para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo, Iniciativa AIRE tienen derecho a la representación colectiva, conforme a lo indicado en el título II del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 10. Órganos de representación El órgano específico de representación del personal contratado mediante los distintos colectivos de la Iniciativa para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo, Iniciativa AIRE, será el comité de empresa.
CAPÍTULO V

Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones Artículo 11. Jornada La duración de la jornada de trabajo será a tiempo completo. La duración máxima de la jornada de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Artículo 12. Permisos y vacaciones Los empleados contratados mediante los distintos colectivos de la Iniciativa para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo, Iniciativa AIRE tienen derecho al descanso semanal, fiestas, permisos y vacaciones, conforme a lo indicado en la sección quinta, del capítulo II, título II del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO VI

Prevención de riesgos laborales Artículo 13. Vigilancia y control de la salud y formación en materia de prevención de riesgos laborales Se estará a lo dispuesto en la legislación de prevención de riesgos laborales.
Artículo 14. Equipos de trabajo y medios de protección individual y colectivo El excelentísimo Ayuntamiento de Vélez-Málaga adoptará las medidas necesarias con el fin que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deban realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que se garantice la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos, y velarán por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios.

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Número 26

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data09/02/2021

Conteggio pagine50

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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